Ayudas a las empresas para la contratación de trabajadores quehayan perdido su empleo por reestructuración o crisis de empresas.
Código de ayuda:
S06746/03Norma:
Orden EYE/1675/2003, de 15 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 29/09/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de trabajadores que hubieren sido objeto de Expediente de Regulación de Empleo o despido.Categorías Subvención
- Empleo
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- La subvención por cada contrato indefinido celebrado a tiempocompleto, con trabajadores que no hubieran mantenido relación laboral con la entidad beneficiaria en los seis meses anteriores, consistirá en una ayuda de 4.525 euros.
- La subvención por cada transformación de contratos temporales en
indefinidos o por cada contratación indefinida celebrada a tiempo completo con trabajadores que hubieren mantenido relación laboral con la entidad beneficiaria en los seis meses anteriores, consistirá en una ayuda de 2.404 euros.
- En el supuesto de contrataciones o transformaciones efectuadas a
tiempo parcial, la cuantía de la ayuda se reducirá en la proporción que
resulte de aplicar el pro rrateo sobre la jornada ordinaria de la jornada
habitual de la empresa o sector, que figure en el contrato de trabajo objeto de subvención.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Aquellas empresas que formalicen contratos indefinidos o transformen en indefinidos contratos temporales,con trabajadores que hubieren perdido su empleo por reestructuración o crisis de empresas, para prestar servicios en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las contrataciones y las transformaciones en indefinidos de contratos temporales formalizadas a partir de la producción de efectos de esta Orden.Requisitos:
- Las contrataciones indefinidas deberán ser fo rmalizadas por escrito, a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que, en este caso, la jornada de trabajo sea igual o superior al 50% de la jornada ordinaria.- Las transformaciones de contratos temporales en indefinidos deberán
formalizarse por escrito, bien mediante un nuevo contrato, bien mediante la formalización de la comunicación de conversión en modelo oficial.
- En los seis meses anteriores a las contrataciones por las que se solicita subvención, contados de fecha a fecha, no se han debido producir bajas por extinción de relaciones laborales fijas en los centros de trabajo que las empresas tenga ubicados en la misma provincia.
Documentos asociados
Boletín:
22/12/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Convocatoria Descargar Documento