Ayudas a las empresas forestales e industrias de productos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2000-2006.

Código de ayuda:

S42028/05

Norma:

ORDEN FORAL 415/2005, de 28 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, las condiciones para la solicitud, tramitación, concesión, pago y control de las ayudas a las empresas forestales e industrias de productos selvícolas que respondan a la definición de Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) dada por la Recomendación de la Comisión número 2003/361/CE, según la cual, una PYME es aquella que ocupa menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
El objetivo final de las ayudas, de acuerdo con el Plan Forestal de Navarra, es contribuir a la mejora de la competitividad de estas empresas y al desarrollo de una industria forestal de primera transformación adecuada a los recursos.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas cuya actividad radique en la Comunidad Foral de Navarra y cuyo fin social incluya trabajos forestales, explotaciones forestales o industrias de primera transformación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones y gastos subvencionables por esta convocatoria son:
A.−Construcción, adquisición y adecuación de bienes inmuebles para la instalación, modificación o ampliación de industrias de primera transformación de la madera.
B.−Adquisición e instalación de nueva maquinaria para:
1.−Industrias forestales de primera transformación: inversiones conexas (incluidas las previas al proceso de aserrado) o unidades de aserrado.
2.−Explotaciones forestales.
3.−Repoblaciones, mantenimiento de las mismas y otros trabajos selvícolas.
C.−Equipos y programas informáticos necesarios para la gestión de las empresas.
D.−La implantación de sistemas de certificación forestal.
E.−Los Gastos generales tales como honorarios de proyectos, adquisición de patentes o licencias u otros, que se añadirán a los gastos a los que se refieren los apartados A, B y C se subvencionarán hasta el 12 por 100 de dichos gastos.

La inversión mínima a realizar deberá alcanzar los 36.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2005
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 90
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento