Ayudas a las empresas del Sector Comercio que tengan la consideración de Pyme y a las asociaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para apoyar e impulsar la competitividad y modernización a través de la transformación digital y sostenible en el comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Nextgeneration EU, y se realiza la convocatoria para el año 2023.

Código de ayuda:

S66619/22

Norma:

ORDEN de 27 de octubre de 2022. Orden de 23 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de mayo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se destinan a apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible, de las pequeñas y medianas empresas de comercio y de las asociaciones de comerciantes. Su finalidad es la financiación de proyectos de inversión de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las Pymes del sector comercial, bien de manera individual o a través de sus asociaciones, incidan en la gestión de su actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.

Se establecen dos líneas de ayudas:

a) Línea destinada a las pequeñas y medianas empresas y a las personas titulares de empresas individuales del sector comercial.

b) Línea destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro de comerciantes.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La financiación de las ayudas se hará con cargo al programa presupuestario 431A y aplicación presupuestaria 79000, correspondiente a la Dirección General de Comercio y Consumo.

El crédito total previsto para la presente convocatoria es de 6.000.000 de euros, de los cuales 4.500.000 euros corresponderán a la línea destinada a las pequeñas y medianas empresas y a las personas titulares de empresas individuales del sector comercial, y 1.500.000 euros a las asociaciones sin ánimo de lucro de comerciantes. Los créditos no agotados de cada una de las líneas, podrán ser incorporados a la financiación, caso de ser necesario, de los proyectos de la otra línea.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en la presente norma:

a) A la línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial: Las empresas y las personas titulares de empresas individuales del sector del comercio que tengan la consideración de Pyme, con arreglo a la definición establecida en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías).

La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009), aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) y ser ejercida en el territorio de la Comunidad de Madrid.

b) A la línea de ayudas destinada a las asociaciones sin ánimo de lucro, así como las entidades asociativas que integren varias asociaciones de comerciantes o las federaciones y confederaciones legalmente constituidas y con sede social en el territorio de la Comunidad de Madrid que:

1.o Tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses del sector comercial y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial.

2.o En el caso de asociaciones multisectoriales, que agrupen al menos al 30 por ciento de socios cuya actividad se encuadre dentro de los códigos CNAE 2009 45, 46 o 47.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 18/11/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 275
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/04/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 84
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín: 10/04/2023
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Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 27/04/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 99
Documento: Corrección de errores Descargar Documento