Ayudas a las corporaciones locales para la realización de actividades relacionadas con las oficinas de información a los consumidores.

Código de ayuda:

S13891/06

Norma:

Resolución de 24 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las oficinas municipales de información al consumidor (OMIC) de la Comunidad Autónoma de Galicia que durante el año 2006 presten servicios de informacióny asesoramiento técnico a los consumidores y desarrollen actividades de mejora del mercado en relación a los intereses de los consumidores y usuarios.

Categorías Subvención

  • Consumo
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Innovación e Industria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan una población de hecho superior a los 5.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Financiar el funcionamiento de las oficinas de información al consumidor:
Dentro de este concepto se atenderá:
a) Alquiler, siempre y cuando la OMIC esté situada fuera de las dependencias municipales, y respetará siempre los criterios de accesibilidad.
b) Gastos del personal contratado con cualificación suficiente en materia de consumo para prestar el servicio de atención al consumidor.

2. Financiar los proyectos de mejora del mercado en relación con los intereses de los consumidores y usuarios que realicen oficinas de información al consumidor de los ayuntamientos.
Los proyectos objeto de subvención serán los siguientes:
a) Proyectos que contribuyan a incrementar el número de adhesiones al Sistema Arbitral de Consumo y, en
especial, en sectores de gran relevancia social, como es el caso de los servicios básicos, y los servicios de
reparación y asistencia técnica.
b) Proyectos de interese social dirigidos a colectivos específicos de consumidores que por sus especiales características requieran una atención diferenciada como es el caso de las personas mayores, discapacitados, personas en riesgo de exclusión, inmigrantes y personas con carencias en materia económica y/o educativa.
c) Proyectos relacionados con la población joven.
d) Proyectos de educación permanente de adultos, la formación de las ANPAS, la elaboración de los materiales didácticos, favoreciendo la creación de aulas permanentes de adultos en el ámbito del consumo.
e) La realización de estudios de campo sobre productos o servicios en relación a los consumidores, en
especial los relacionados con la vivienda, el sobreendeudamiento, liberalización de servicios, energía, transporte, tecnologías de la información y comunicación, publicidad y servicios financieros.
f) Realización de campañas informativas sobre los derechos de los consumidores y usuarios a través de distintos soportes como folletos, guías, boletines, páginas web, libros o material multimedia.
No podrán ser subvencionadas actividades puntuales como charlas, coloquios, jornadas y conferencias que
no formen parte de un proyecto.
En el desarrollo de las actividades los gastos relativos a la restauración y catering no podrán superar el 20
% del total de la actividad.
El pago a los ponentes de las acciones formativas se hará por medio de factura con el descuento del IRPF correspondiente y no superando en ningún caso la cantidad de 110 A/hora.
En ningún caso se financiará la entrega de un regalo como pago.
Se financiará un máximo de 2 proyectos por ayuntamiento, a los que se adscribirán las distintas actividades
que se programen.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2006
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento