Ayudas a las confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de ambito supramunicipal de la Region de Murcia, para sufragar los gastos derivados del funcionamiento, organizacion y actividades.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S42882/12

Norma:

Orden de 21 de noviembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/12/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar ayudas destinadas a las confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de la Región de Murcia de ámbito supramunicipal de la Región de Murcia, para sufragar los gastos derivados del funcionamiento, organización y actividades, durante el curso escolar 2012/2013.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos, supere el costo total de la actividad objeto de la ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las confederaciones y federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de ámbito supramunicipal de la Región de Murcia. Además para poder ser beneficiario de las ayudas reguladas en la presente Orden, las confederaciones y federaciones referidas deberán cumplir los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos derivados del funcionamiento, organizacion y actividades.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones
de la Consejería de Presidencia, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.

b) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la
Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén
suspendidas o garantizadas.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la
Seguridad Social.

e) No estar incursas en el resto de circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2012
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 272
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento