Ayudas a las asociaciones de empresas artesanales agroalimentarias.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S11619/13

Norma:

RESOLUCIÓN 12E/2013, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer por la presente Orden Foral tienen por objeto regular las ayudas a las asociaciones de empresas artesanales agroalimentarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Artesanía
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Sobre los costes subvencionables considerados en el apartado 1 del artículo anterior, se establece una ayuda del 50 por cien para los apartados a) y b) y del 80 por cien en los apartados c), d), e) y f).

2. El importe máximo de la ayuda concedida a un beneficiario determinado en la presente convocatoria, no podrá superar los 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de empresas artesanales agroalimentarias, legalmente constituidas, sin ánimo de lucro y radicadas en Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La organización de foros de intercambio de conocimientos entre empresas, concursos, exhibiciones y ferias, y participación en esos eventos.

b) Siempre que no se mencionen empresas, marcas u orígenes, la divulgación de conocimientos técnicos y científicos, así como la información factual sobre sistemas de calidad abiertos a los productos de otros países, sobre productos genéricos y sobre los beneficios nutricionales de los productos genéricos y las recomendaciones de uso de los mismos.

c) Publicaciones, como catálogos o sitios Web, que presenten información factual sobre los productores de una región determinada o de un producto determinado, siempre que la información y su presentación sean de carácter neutro y que todos los productores interesados tengan las mismas posibilidades de estar representados en la publicación.

d) La elaboración de planes estratégicos, estudios técnicos, de mercado y de concepción y creación de productos.

e) La implantación de métodos de garantía de la calidad, como las series ISO 9000 o 14000, sistemas basados en análisis de riesgos y puntos de control críticos (HACCP), sistemas de trazabilidad, sistemas para garantizar el respeto de la autenticidad y las normas de comercialización o sistemas de auditoria medioambiental, así como otros sistemas de calidad
exigidos por los respectivos pliegos de condiciones.

f) La formación de personal para la aplicación de los métodos y sistemas mencionados en el apartado anterior.

Requisitos:

En cualquier caso, las entidades beneficiarias han de cumplir los requisitos para ser consideradas como PYME, según lo establecido en la Recomendación (2003/361/CE) de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 74
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento