Ayudas a las artes escénicas en Aragón para el año 2025.
Código de ayuda:
S22264/25Norma:
ORDEN ECD/834/2025, de 9 de julio. ORDEN ECD/1248/2022, de 6 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas durante el ejercicio 2025 para la realización de actividades de producción, programación y distribución vinculadas a las artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo, que se desarrollen desde el día 14 de noviembre de 2024 hasta el día 13 de noviembre de 2025, en las siguientes modalidades:- Producción de espectáculos de artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo. Deberá aportarse una grabación del estreno, con la limitación de un proyecto por peticionario. En caso de que el solicitante presente más de un proyecto, sólo podrá ser subvencionado el que haya obtenido mayor puntuación, siempre que a esa puntuación le corresponda ayuda. En caso de que los dos proyectos estén valorados con la misma puntuación, el peticionario deberá optar por uno de los dos proyectos.
- Giras y actuaciones fuera de Aragón, entendiendo por giras la distribución de espectáculos de artes escénicas. En esta modalidad se contemplan los siguientes apartados:
• Gira nacional peninsular: Actuaciones, con un mínimo de tres, fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, pudiendo ser consecutivas o no.
• Actuaciones en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
• Actuaciones internacionales.
• Participación en festivales y ferias nacionales e internacionales.
- Programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada, por un periodo no inferior a seis meses.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Recursos Humanos
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.000 euros en todas las modalidades. La cuantía máxima de la subvención no será superior a 45.000 euros en la modalidad de producción de espectáculos de artes escénicas, a 15.000 euros en la modalidad de giras y actuaciones fuera de Aragón, y a 50.000 euros en la modalidad de programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestiónprivada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas subvenciones las empresas, tanto personas físicas como jurídicas, de producción, programación y distribución de artes escénicas, de teatro, de danza y/o de circo, con domicilio social en el territorio de la Comunidad autónoma de Aragón, que se encuentren inscritas en situación de alta en el censo de empresarios, y tengan como actividad principal cualquiera de los epígrafes de actividades artísticas concordantes con las referidas artes escénicas en las siguientes modalidades:- Producción de espectáculos de artes escénicas de teatro, de danza y/o de circo. Deberá aportarse una grabación del estreno, con la limitación de un proyecto por peticionario. En caso de que el solicitante presente más de un proyecto, sólo podrá ser subvencionado el que haya obtenido mayor puntuación, siempre que a esa puntuación le corresponda ayuda. En caso de que los dos proyectos estén valorados con la misma puntuación, el peticionario deberá optar por uno de los dos proyectos.
- Giras y actuaciones fuera de Aragón, entendiendo por giras la distribución de espectáculos de artes escénicas. En esta modalidad se contemplan los siguientes apartados:
• Gira nacional peninsular: Actuaciones, con un mínimo de tres, fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón, pudiendo ser consecutivas o no.
• Actuaciones en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
• Actuaciones internacionales.
• Participación en festivales y ferias nacionales e internacionales.
- Programación de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada, por un periodo no inferior a seis meses.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Producción de espectáculos de artes escénicas:- Gastos de creación de texto, de creación de música y de coreografía
- Gastos del equipo artístico (actores y director)
- Gastos de creación de escenografías, iluminación, atrezzo, vestuario, maquillaje y peluquería
- Gastos del equipo de producción y equipo técnico
- Gastos de desplazamiento y alojamiento de equipo artístico y director o del equipo técnico cuándo sean de otra localidad o cuando los ensayos se realicen en otra localidad
- Gastos de promoción y publicidad, diseño gráfico y elaboración de video
- Gastos de personal administrativo de apoyo a la producción
- Alquiler de local de ensayo
- Seguro de responsabilidad civil
- Gastos generales de la empresa
2. Giras y actuaciones fuera de Aragón:
- Gastos de difusión y publicidad
- Gastos de desplazamiento y alojamiento de actores y de técnicos desplazados
- Sueldo y Seguridad Social de actores y de técnicos desplazados
- Transporte de material
- Alquiler de vehículos para el desplazamiento, combustible y peajes
- Gastos de producción en gira
- Gastos de personal responsable de giras y actuaciones fuera de la C.A
- Seguro de responsabilidad civil
3. Programación de espectáculos de artes escénicas en salas de exhibición de gestión privada:
- Cachés de grupos contratados
- Pago a la Sociedad General de Autores u otras entidades de gestión de derechos de autor
- Gastos de desplazamiento y alojamiento de grupos contratados
- Pago de seguro de la sala
- Gastos de publicidad y difusión de la programación
- Gastos de personal responsable de la programación de la sala, programador o coordinador
- Personal de sala
- Gastos generales de la sala
Requisitos:
a) Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que les hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público, fundaciones, consorcios y sociedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tener deudas pendientes de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
Documentos asociados
Boletín:
12/09/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 177
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
17/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 136
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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17/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 136
Documento: Bases Reguladoras (Extracto) Descargar Documento
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