Ayudas a las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura para la realización de actuaciones o giras fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023.

Código de ayuda:

S05564/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2024. Decreto 83/2012, de 18 de mayo. RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de agosto de 2025.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 24.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza de Extremadura, por los gastos producidos como consecuencia de la realización de giras para la presentación, fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de espectáculos o conciertos, durante el año 2023, con el fin de fomentar y hacer competitivo el trabajo de estos profesionales extremeños.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo, Jovenes y Deportes (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda que se concederá por función, según los criterios de valoración no superará en ningún caso el 30 % del caché presentado (IVA excluido), ni la cuantía de 24.000,00 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

- Las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza, constituidas conforme a la legislación mercantil aplicable, que se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), al menos con una antigüedad de dos años o que acrediten haber producido al menos dos espectáculos en los últimos dos años, en ambos casos, a 31 de diciembre del 2023.

— Las agrupaciones profesionales de teatro, música y danza constituidas conforme a la legislación mercantil aplicable, que se hayan constituido en el año 2022 y cuyos componentes tengan una actividad profesional acreditada mediante la participación en producciones teatrales, de danza y de música, en los tres años anteriores a la formación de la empresa y que además cumplan con el requisito de territorialidad expresado en el punto anterior.

— En caso de Uniones Temporales de Empresas, los criterios expresados en los puntos anteriores de este apartado, serán de aplicación a las que individualmente las compongan.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de una actuación o gira de una producción realizada de teatro, danza o música, fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que resulten estrictamente necesarios y se hayan realizado durante el ejercicio 2024.

A estos efectos se consideran gastos subvencionables los siguientes:

— Gastos de transporte (tanto de los miembros de la compañía como de la escenografía, atrezo, vestuario y elementos técnicos necesarios para realizar la representación).

— Gastos de personal (sueldos y seguros sociales de actores y técnicos).

— Dietas y kilometraje de actores y técnicos.

— Otros gastos directamente relacionados con la realización de la actuación o gira fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura

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