Ayudas a las agrupaciones empresariales (clúster) innovadoras en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Código de ayuda:

S22291/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de mayo de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tienen por finalidad el fomento de la competitividad, la innovación y la cooperación empresarial en distintos sectores de la actividad económica en Galicia mediante la concesión de ayudas a las entidades jurídicas gestoras de agrupaciones empresariales (clúster) innovadoras gallegas para la realización de actividades en esos campos.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Creación nuevas empresas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones empresariales (clúster) innovadoras, según la definición del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior (DOUE L 187, de 26 de junio).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Plan de formación a trabajadores y directivos de las empresas asociadas en temáticas relacionadas con la Industria 4.0, ecoindustria, hibridación sectorial, retos sectoriales de innovación, transformación digital u otras, en general, alineadas con la Agenda de Competitividad Galicia Industria 4.0 y la RIS3 de Galicia.

– Actividades para fortalecer a I+D+i o la internacionalización de las empresas.

La financiación de estos proyectos no es el objeto de estas ayudas al funcionamiento y, por lo tanto, podrán ser financiados de forma privada o pública y concurrir a convocatorias de ayudas de cualquier entidad pública o privada, incluido el Igape.

Requisitos:

a) Que hayan creado una entidad con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que gestione la agrupación clúster.

b) Que representen un ámbito de actividad/sector definido como prioritario según la orientación sectorial del documento Agenda de la Competitividad Industrial Galicia: Industria 4.0.

1º. Estratégicos: agroalimentación, productos del mar y acuicultura, automoción, energías renovables, madera/forestal, naval/industria marítima, piedra natural, textil-moda.

2º. Emergentes y de alto potencial: aeronáutico/aeroespacial, industria de la salud y del bienestar, industrias creativas, biotecnología, nuevos materiales, ecoindustria, TIC.

3º. De soporte de la nueva industria: telecomunicaciones, energía, logística.

c) Que colaboren y desarrollen proyectos en cooperación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Que representen a un ámbito de actividad cuya facturación conjunta en Galicia supere el valor del 1 % en el PIB de la Comunidad Autónoma en el año 2017.

e) Que, al menos, el 60 % de sus asociados directos sean empresas y, de estas, que el 50 % o más dispongan de un centro de trabajo en Galicia.

f) Que tengan como socios directos un número de empresas que cumpla, al menos, con dos de los tres siguientes requisitos:

1º. 30 % de la facturación del ámbito de actividad englobado.

2º. 10 % de las empresas del ámbito de actividad.

3º. 20 % del empleo del ámbito de actividad.

g) Capacidad tecnológica y de innovación. El clúster deberá contar con centros tecnológicos propios o puestos a su disposición mediante colaboración con otras entidades. En este último caso, solo se considerarán válidos a estos efectos los acuerdos de colaboración con contenidos específicos respecto de la innovación y la tecnología. Se rechazarán los acuerdos con contenidos de carácter general, de gestión o administrativos aunque estén firmados con centros o instituciones tecnológicas.

h) Proyección internacional. El ámbito de actividad del clúster deberá tener vocación y proyección hacia mercados internacionales por su propia naturaleza y no representar un negocio de proximidad o local.

i) Capacidad de ejecución de proyectos implicando a sus asociados. El clúster deberá acreditar esta capacidad mediante memoria de actividades realizadas en los últimos tres años, enumerando y describiendo brevemente los proyectos desarrollados junto con sus asociados o promoviendo su participación, hubiesen tenido o no financiación pública. Se considerará que tiene esta capacidad si acredita la ejecución de, por lo menos, dos proyectos por año.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 71
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 71
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 80
Documento: Corrección errores convocatoria Descargar Documento