Ayudas a las Organizaciones de Consumidores de Madrid.

Código de ayuda:

S15646/04

Norma:

Sesión de 30 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación, en el ámbito territorial del municipio de Madrid, de las ayudas a conceder por el excelentísimo Ayuntamiento de Madrid “a través de la Concejalía de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana” a las Organizaciones de Consumidores que en dicho término desarrollen funciones de asistencia, información y formación de consumidores.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Formación
  • Otras

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Programa de asistencia a los consumidores.
Este programa se destinará a financiar hasta el 25 por 100 de los gastos profesionales.

b) Programa de información de consumidores.
Se subvencionará hasta un 100 por 100 de las acciones informativas.

c) Programa de formación de consumidores.
Se subvencionarán hasta un 100 por 100 de las actividades formativas de consumo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones de Asociaciones de Consumidores, las Asociaciones de Consumidores, las Cooperativas de Consumidores y las Asociaciones de Cooperativas de Consumidores, sin ánimo de lucro, que estén inscritas en el Registro que en materia de consumo existe en la Comunidad de Madrid (lo que deberá acreditarse en el momento de la solicitud) y que estén adheridas al Sistema Arbitral de Consumo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones, excluidos los impuestos repercutibles y los gastos financieros, realizados por los beneficiarios de las ayudas
para los siguientes programas y actividades:
a) Programas de asistencia a los consumidores.
Los gastos profesionales de los gabinetes de asistencia técnico/jurídica, siempre que la asistencia sea gratuita y se preste un mínimo de cuatro horas diarias, tres días a la semana, en la Federación, Asociación o Cooperativa.

b) Programas de información de consumidores, especialmente mediante el empleo de nuevas tecnologías.
— Fomentar el Sistema Arbitral de Consumo, como mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos en las relaciones de consumo.
— Difundir los Códigos de Buenas Prácticas en materia de protección de los consumidores, aprobados por el Consejo Municipal de Consumo del Ayuntamiento de Madrid.
— Boletines y revistas cuyo contenido mayoritario sean temas de consumo.
— Folletos de información sobre temas de actualidad e interés para los consumidores.

c) Programas de formación de consumidores.
Realizar jornadas y congresos con un mínimo de asistencia de 100 personas, conferencias, charlas o similares con un mínimo de asistencia de 30 personas y talleres de consumo con una asistencia mínima de 10 personas.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 130 (Adm. Local)
Documento: Convocatoria Descargar Documento