Ayudas a las Compañías de Artes Escénicas de Castilla y León, durante los años 2006 y 2007.

Código de ayuda:

S16873/06

Norma:

Anuncio del 2 de junio 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/07/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La determinación del procedimiento que va a regir la concesión de las ayudas incluidas en los siguientes Programas:

PROGRAMA I: Ayudas a la producción y/o gira de espectáculos de artes escénicas.
PROGRAMA II: Ayudas para apoyo a la estructura empresarial.
PROGRAMA III: Ayuda para una coproducción.
PROGRAMA IV: Ayudas para compañías emergentes.

Con carácter anual o plurianual se procederá a convocar las ayudas establecidas en todos o alguno de estos Programas.
La aportación económica, el plazo de presentación de solicitudes y la documentación a adjuntar con la solicitud, así como la documentación justificativa de la aplicación de la ayuda al fin para la que ha sido concedida, se especificará en la correspondiente convocatoria.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

PROGRAMA I: Ayudas a la producción y/o gira de espectáculos de artes escénicas.
- Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Compañías de Artes Escénicas, constituidas como empresas, que tengan su domicilio social o establecimiento en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
- Podrán acceder a este tipo de ayudas las Compañías constituidas en comunidades de bienes que tengan su domicilio social o establecimiento en el territorio de la Comunidad de Castilla y León siempre que hagan constar el porcentaje de participación de cada comunero en dicha la Comunidad y que la solicitud venga firmada por todos ellos.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones expresadas en el Anexo I a cuyos efectos deberán formalizarse las Declaraciones que en el mismo se recogen.

PROGRAMA II: Ayudas para apoyo a la estructura empresarial.
- Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Compañías de Artes Escénicas constituidas como empresas, que tengan su domicilio social o establecimiento en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y que cuenten con 7 o más años de antigüedad en la actividad teatral para cuya consolidación solicitan la ayuda.
- Podrán acceder a este tipo de ayudas las Compañías constituidas en comunidades de bienes que cuenten con 7 o más años de antigüedad en la actividad teatral para cuya consolidación solicitan la ayuda, tengan su domicilio social o establecimiento en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y siempre que hagan constar el porcentaje de participación de cada comunero en dicha la Comunidad y que la solicitud venga firmada por todos ellos.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones expresadas en el Anexo I a cuyos efectos deberán formalizarse las Declaraciones que en el mismo se recogen.
- Aquellos solicitantes que no obtuvieran la ayuda por este Programa pueden ser considerados automáticamente como solicitantes del Programa I de estas mismas Bases.

PROGRAMA III: Ayuda para una coproducción.
- Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Compañías de Artes Escénicas, constituidas como empresas, que tengan su domicilio social o establecimiento en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y que cuenten con 5 o más años de antigüedad en la actividad teatral.
- Podrán acceder a este tipo de ayudas las Compañías constituidas en comunidades de bienes que cuenten con 5 o más años de antigüedad en la actividad teatral, que tengan su domicilio social o establecimiento en el territorio de la Comunidad de Castilla y León y siempre que hagan constar el porcentaje de participación de cada comunero en dicha la Comunidad y que la solicitud venga firmada por todos ellos.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones expresadas en el Anexo I a cuyos efectos deberán formalizarse las Declaraciones que en el mismo se recogen.

PROGRAMA IV: Ayudas para compañías emergentes.
- Podrán beneficiarse de estas ayudas las Compañías que, con anterioridad a la publicación de la convocatoria de esta ayuda, tengan, como empresas, una antigüedad inferior a tres años, en la fecha de publicación de la misma.
- Podrán acceder a este tipo de ayudas las Compañías constituidas como comunidades de bienes con anterioridad a la publicación de la convocatoria y con una antigüedad inferior a tres años en la fecha de publicación de la misma, siempre que hagan constar el porcentaje de participación de cada comunero en dicha la Comunidad y que la solicitud venga firmada por todos ellos.
- No podrán acceder a estas ayudas otras agrupaciones de personas físicas o jurídicas con o sin personalidad jurídica.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
Otro- Nº Web de la Fundación Siglo
Documento: Regulación, Convoctoria 2006-2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/06/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 106
Documento: Anuncio de Convocatoria 2006-2007 Descargar Documento