Ayudas a las Asociaciones de Comerciantes para la realización de actividades de Promoción Comercial Colectiva.

Código de ayuda:

S17555/04

Norma:

Acuerdo de 2 de junio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar las acciones tendentes a promocionar el sector comercial en aras a incrementar su competitividad.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Otras

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Ayuntamiento de Burgos (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece como límite máximo de ayuda el 50% del gasto subvencionable.
Ver para cada caso Acciones Subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Comerciantes o Artesanos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Línea 1: Organización de Ferias Comerciales, Muestras y Certámenes Expositivos estableciéndose como límite de gasto elegible por Asociación y año la cuantía de 90.152 euros.
Serán subvencionables: Los gastos derivados del acondicionamiento de los espacios reservados para su celebración, siempre que no supongan inversiones en obras o adquisición de equipamiento, los gastos de publicidad, promoción y organización, excluyéndose los relativos a restauración.

2. Línea 2: Campañas Específicas de Promoción y Publicidad estableciéndose como límite de gasto elegible por Asociación y año la cuantía de 90.152 euros.
Serán subvencionables: Los gastos derivados del diseño y seguimiento de las campañas, publicidad en medios o inserciones publicitarias en soportes fijos o móviles, material promocional impreso en papel, cartón, plástico o similar.

3. Línea 3: Acciones de Información y Comunicación estableciéndose como límite de gasto elegible por Asociación y año la cuantía de 18.030 euros.
Serán subvencionables: Los gastos de elaboración, edición y publicación de catálogos u otros soportes informativos.

4. Línea 4: Jornadas, Seminarios y Congresos estableciéndose como límite de gasto elegible por Asociación y año la cuantía de 18.030 euros.
Serán subvencionables: Los gastos derivados del acondicionamiento de los espacios reservados para su celebración, siempre que no supongan inversiones en obras o adquisición de equipamiento, los gastos de publicidad, promoción y organización, excluyéndose los relativos a restauración.

5. Línea 5: Misiones Comerciales estableciéndose como límite de gasto elegible por Asociación y año la cuantía de 18.030 euros.
Serán subvencionables: Los gastos de desplazamiento y estancia de las personas que acudan en representación de la Asociación como parte de sus órganos de gobierno.
El límite de gasto subvencionable por Asociación y año para el conjunto de las líneas no podrá ser superior a 120.202 euros.
No se considerarán gastos subvencionables aquellos que sean supérfluos o dispendiosos, entendidos como tales los que excedan de la práctica normalizada del tráfico mercantil del beneficiario, incluyéndose dentro del gasto elegible el IVA no deducible.
El órgano de evaluación podrá requerir del interesado, en el caso de facturas o gastos superiores a 12.000 euros, o cuando las circunstancias así lo aconsejen, un mínimo de dos presupuestos alternativos al de la adjudicación.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones, careciendo de ánimo de lucro debiendo figurar en sus estatutos, o en su defecto en acta debidamente aprobada por sus órganos de gobierno su capacidad de obrar en relación con las actividades para las que se solicita la subvención.
- Los beneficiarios de las ayudas deberán tener una situación económica y patrimonial solvente, no.pudiendo estar en crisis, de conformidad con lo establecido en las normas comunitarias, Comunicación 1999/CE 288/02; (DOCE de 9 de octubre de 1999), ni encontrarse sus representantes legales inhabilitados o incursos en causa de inhabilitación para el desempeño de su cometido.
- Los proyectos presentados deberán ser acordes a los objetivos establecidos en estas bases y en la medida de lo posible, complementarios con las propuestas y actuaciones desarrolladas por el conjunto de las asociaciones beneficiarias de estas ayudas, evitando la duplicidad de esfuerzos.
- Los proyectos presentados deberán ser viables desde el punto de vista comercial, económico y financiero, así como respetuosos con el nivel de empleo y el medio ambiente.

Documentos asociados

Boletín: 21/06/2004
BO Provincia de Burgos- Nº 116
Documento: Convocatoria Descargar Documento