Ayudas a la valorización y a la segunda transformación de las pequeñas y medianas empresas de la industria forestal gallega y del contract.

Código de ayuda:

S44582/22

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de agosto de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Podrán ser subvencionables los proyectos de inversión realizados por las personas beneficiarias descritas en el artículo 2 de esta resolución en sus procesos de producción vinculados a la transformación de la madera y sus derivados, resina, corcho así como de otros productos de origen forestal, exceptuando los alimentarios, y que tengan como objetivo aumentar su productividad o la implantación de técnicas que permitan obtener nuevos productos o productos valorizados o procesos que favorezcan la minoración del impacto ambiental.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas
  • Desarrollo Rural
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de la Industria Forestal (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las inversiones se subvencionarán con una ayuda del 50 % de los gastos elegibles. La ayuda máxima por solicitante se limitará a 200.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas beneficiarias las pequeñas y medianas empresas, incluidas las personas autónomas, de la industria forestal y de la contract radicadas en Galicia que utilicen la madera y sus derivados, la resina, el corcho u otros productos de origen forestal, exceptuando los productos alimentarios, como materia prima para la elaboración de sus productos. A estos efectos, se tomará la definición de pyme incluida en el anexo I del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014. Según esta definición, pymes son aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede los 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede los 43 millones de euros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran subvencionables las siguientes inversiones:

a) Compra de maquinaria nueva vinculada a los procesos de transformación de productos de origen forestal no alimentarios, así como para los procesos de secado y de otros tratamientos y acabados de la madera.

b) Obras e instalaciones necesarias para la correcta instalación y funcionamiento de las inversiones objeto de subvención.

c) Otros bienes de equipo nuevos que formen parte del activo de la empresa e intervengan en el proceso productivo objeto del proyecto.

d) Implantación y certificación de la cadena de custodia de productos forestales, de normativas de calidad y de gestión ambiental, e implantación de planes de mejora de la gestión empresarial.

e) Servicios, bienes, equipos, tecnologías y obras de acondicionamiento necesarios para la obtención de certificados o sellos de calidad y medioambientales, marcas de garantía registradas, marcas colectivas registradas o implantación del marcado CE de productos de origen forestal y condicionados a la obtención de los mismos dentro del plazo de justificación de la ayuda.

f) Ensayos de caracterización de producto realizados conforme a la normativa oficial por un laboratorio acreditado para la realización del ensayo.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 130
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/07/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 130
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento