Ayudas a la utilización de servicios de asesoramiento por personas titulares de explotaciones agrarias, y se convocan para el año 2010.- Modificación.
Código de ayuda:
S77564/09Norma:
Orden de 21 de diciembre de 2009. Orden de 13 de octubre de 2010. ORDEN de 27 de diciembre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/01/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las ayudas a la utilización de servicios de asesoramiento por personas titulares de explotaciones agrarias y convocarlas para el año 2010, según lo dispuesto en los artículos 20, letra a), inciso IV) y 24 del Reglamento (CE) 1698/2005 de Feader, y en el artículo 15 y anexo II punto 5.3.1.1.4 del Reglamento 1974/2006 por el que se establecen disposiciones de aplicación del anterior reglamento y en los que se prevén ayudas destinadas a agricultores para hacer frente a los costes de utilización de los servicios de aconsellamento destinados a mejorar el rendimiento global de la explotación.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería del Medio Rural. (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda se limitará al máximo del 80% del coste subvencionable por servicio de asesoramiento completo,establecido en el anexo del Reglamento (CE) 1698/2005.
El importe de esta ayuda será de hasta 640 euros cuando la explotación esté cualificada como prioritaria,
al amparo de lo dispuesto en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias, y de hasta 480 euros en los demás casos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que accedan de modo voluntario a los servicios de asesoramiento y que cumplan las siguientes condiciones:1. Ser persona titular de una explotación agraria, situada en el ámbito territorial de la Comunidad
Autónoma de Galicia. En los casos en que una explotación esté integrada parcialmente por elementos
territoriales situados en otra comunidad autónoma, se considerará dentro del ámbito de aplicación de esta
orden cuando la mayor parte de su base territorial esté situada en la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de no tener pendiente
de pago deudas con la Administración pública de la comunidad autónoma, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La presentación de la solicitud de subvención comportará la autorización al órgano concedente para solicitar las certificaciones que deban emitir la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consellería competente en materia de hacienda.
No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento; en ese caso deberá entregar
la certificación de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad
Social y de no tener pendiente de pago alguna otra deuda con la Administración pública de la comunidad
autónoma.
3. Cumplir los requisitos y obligaciones señalados en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de
junio, de subvenciones de Galicia.
4. Acogerse a los servicios de aconsejamiento prestados por entidades inscritas y reconocidas en el
Registro de Entidades con Servicios de Asesoramiento o Gestión de Galicia (Resaxega), creado por el
Decreto 235/2007, de 29 de noviembre de 2007.
Documentos asociados
Boletín:
29/12/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 252
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 252
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
19/10/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 201
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 201
Documento: Modificación Descargar Documento