Ayudas a la traducción de libros.

Código de ayuda:

S42646/22

Norma:

ORDEN 960/2022, de 15 de junio. Orden 1273/2022, de 25 de agosto. Orden 227/2023, de 24 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de abril de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas a la traducción a lengua extranjera de obras literarias, clásicas y contemporáneas, o científicas. Estas subvenciones tienen como finalidad promover la edición y publicación en países extranjeros en lenguas no españolas, de obras integrantes del patrimonio cultural que sean de interés para la Comunidad de Madrid.

En el caso de las obras literarias se buscará el equilibrio dentro del conjunto de todos los géneros: ensayo, poesía, teatro, cómic y narrativa.

Los proyectos deberán cumplir los requisitos relacionados en el dispongo tercero de la orden de convocatoria.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

100.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las personas físicas que sean profesionales autónomos (correspondientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social) que estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la Comunidad de Madrid, y las empresas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el dispongo segundo de la orden 227/2023, de convocatoria de ayudas. Se excluyen las instituciones sin fines de lucro y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de
unidad económica o patrimonio separado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Con carácter general los gastos subvencionables son aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para su realización.

Los gastos subvencionables son los que se indican en el artículo 1.5: gastos de traducción del texto traducido.

El período subvencionable se establecerá en la convocatoria.

Se deberá acreditar que los gastos han sido efectivamente pagados en la fecha final de justificación.

No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando el beneficiario esté obligado a realizar declaración del mencionado impuesto. En el caso de exención del IVA se aportará el documento acreditativo oportuno.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías especificadas en la convocatoria, que serán las fijadas para el contrato menor en la normativa de contratación del sector público, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contracción del compromiso, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la concesión de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a los criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Documentos asociados

Boletín: 29/06/2022
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