Ayudas a la suscripcion de polizas de seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destruccion de los animales muertos en las explotaciones ganaderas de Castilla y Leon.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S16855/13

Norma:

ORDEN AYG/354/2013, de 3 de mayo. ORDEN AYG/392/2013, de 23 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 28 de junio de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a la suscripción de pólizas de seguro para la cobertura de los gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos en las explotaciones ganaderas de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda concedida por la Consejería de Agricultura y Ganadería consistirá en un porcentaje sobre el coste neto de la póliza del seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos en las explotaciones ganaderas ubicadas en la Comunidad de Castilla y León, según las cuantías, por especie, que se indican a continuación:

a) Seguros para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación: Hasta el 14%.

b) Seguros para la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales ovinos y caprinos muertos en la explotación: Hasta el 14%.

c) Seguros para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.

– Porcino: Hasta el 36%.

– Especie aviar: Hasta el 12%.

– Especie cunícola: Hasta el 8%.

– Equino: Hasta el 24%.

El importe de la subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que siendo titulares de una explotación ganadera ubicada en territorio de la Comunidad de Castilla y León, cumplan
los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La formalización de una póliza de seguro de alguna de las líneas para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de los animales muertos en las explotaciones ganaderas ubicadas en la Comunidad de Castilla y León incluidas en el Plan Nacional de Seguros Agrarios del año 2012, en los términos y cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la presente orden, que a continuación se relacionan:

a) Seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.

b) Seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales bovinos muertos en la explotación.

c) Seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales ovinos y caprinos muertos en la explotación.

d) Seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la destrucción de animales ovinos y caprinos muertos en la explotación.

e) Seguro para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.

f) Seguro renovable para la cobertura de gastos derivados de la retirada y destrucción de animales no bovinos muertos en la explotación.

Requisitos:

a) • En el caso de personas físicas:

– Que tengan la condición de Agricultores a Título Principal (ATP) y/o titular de una explotación agraria calificada como prioritaria.

• En el caso de personas jurídicas:

– Que su actividad principal sea la agraria.

• En el caso de comunidades de bienes y sociedades civiles:

– Que su actividad principal sea la agraria.

– Que al menos el 50% de sus integrantes sean ATP.

b) Que hayan suscrito una póliza de seguro de retirada y destrucción de cadáveres al amparo del Plan Nacional de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2012 en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2013.

c) Que el importe del coste neto de la póliza del seguro de retirada y destrucción de cadáveres suscrita sea igual o superior a 100 euros.

d) Que hayan presentado la comunicación de actualización censal entre el 1 de enero y el 28 de febrero del año de la convocatoria.

e) Que los animales que integran la explotación ganadera cumplan los requisitos en materia de identificación, sanidad y bienestar animal establecidos en la legislación vigente.

Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante Ley General de Subvenciones).

Documentos asociados

Boletín: 22/05/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 96
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/05/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 100
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento