Ayudas a la reurbanización de espacios privados de uso público de la ciudad.

Código de ayuda:

S63682/09

Norma:

Ayuntamiento de Pamplona, 2 de septiembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar las actuaciones privadas que tiendan a la reurbanización de los espacios calificados por el Plan Municipal de Pamplona como privados de uso público, y aquellos en los que conforme al laneamiento, los particulares tengan el deber de conservación y mantenimiento de los mismos.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Ls personas físicas o jurídicas, o comunidades de propietarios que, reuniendo los requisitos generales y no
estando incursos en ninguna causa de prohibición, cumplan, además, los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los elementos constructivos desde la impermeabilización (excluida ésta) hacia la superficie.

Requisitos:

a) Acreditación fehacientemente de la titularidad del terreno a que se refiere la subvención.

b) El terreno sobre el que se solicite la subvención deberá estar calificado como urbano en el Plan Municipal en el momento de la presentación de la solicitud de subvención; y el proyecto será compatible con las previsiones del planeamiento.

c) En su caso, la/s Comunidad/es de Propietarios deberán haber acordado la realización de las obras, nombrado un representante, y que habrán establecido un porcentaje con que cada propietario participa en
las obras.

d) En caso de que el solicitante sea una/s Comunidad/es de Propietarios, o persona física o jurídica, certificación de estar de alta y al corriente de sus obligaciones tributarias con las Administraciones Públicas Foral de Navarra y Estatal., y con la Seguridad Social.

e) No hallarse el solicitante inhabilitado para recibir ayudas y subvenciones de la Administración Pública conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

f) No haber recibido ayudas o subvenciones para el mismo objeto de cualquier Administración, Entidades públicas o privadas, ni particulares, que excedan en su conjunto del valor del presupuesto protegible, debiendo reseñarse cuál es el importe total recibido con cargo a las citadas ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 120
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 19/10/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 129
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento