Ayudas a la renovacion del parque de tractores y cosechadoras automotrices de Navarra .

Código de ayuda:

S71182/07

Norma:

ORDEN FORAL 491/2007, de 13 de noviembre. ORDEN FORAL 136/2008, de 7 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la renovación del parque de tractores y cosechadoras automotrices de Navarra mediante el achatarramiento de las unidades más antiguas y su sustitución por otras nuevas.

Son fines de la presente disposición:

a) Garantizar una mejora de las condiciones de trabajo de los agricultores en el manejo de la maquinaria agrícola.
b) Incrementar el equipamiento de estos vehículos para mayor seguridad en sus desplazamientos por las vías públicas.
c) Potenciar la utilización de tractores y cosechadoras dotados con motores de nuevo diseño y de mejor aprovechamiento energético del combustible.
d) Reducir la contaminación por emisión de gases y su nivel sonoro.
e) Asegurar la introducción en la agricultura de máquinas automotrices con alta tecnología, fiables y apropiadas para satisfacer los requerimientos demandados por la agricultura moderna.
f) Promover la utilización en común de la maquinaria agrícola para economizar los recursos del sector.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía base de la ayuda se establece en 80 euros por caballo de vapor (CV), de la potencia que consta en la inscripción en el Registro de Maquinaria Agrícola de Navarra en el caso de tractores.
Para las cosechadoras automotrices, la potencia en CV se determinará multiplicando por el factor 5 su potencia fiscal.
La cuantía base de la ayuda se incrementará, atendiendo a las condiciones del beneficiario y de su explotación, en las cantidades siguientes:

a) 25 euros por CV, cuando el beneficiario sea Agricultor a Título Principal o titular de una Explotación Prioritaria, conforme a la calificación otorgada por el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra, en el momento de solicitud de la ayuda.
b) 25 euros por CV, cuando el beneficiario sea un joven agricultor, conforme al Texto Refundido de la Ley Foral del Registro de Explotaciones Agrarias, aprobado por Decreto Foral Legislativo 150/2002, de 2 de julio, que adquiere el nuevo tractor simultáneamente con su primera instalación o en los cinco años siguientes a la misma.
c) 10 euros por CV, por estar la explotación en una zona calificada como zona de montaña o zonas desfavorecidas.
d) 30 euros por CV cuando el vehículo a achatarrar hubiera sido inscrito por primera vez en el Registro de Maquinaria Agrícola con anterioridad al año 1987.

La intensidad máxima de ayuda no superará los siguientes topes:
−En zonas desfavorecidas, el 50% de las inversiones subvencionables.
−En las demás zonas, el 40% de las inversiones subvencionables.
−En el caso de jóvenes agricultores, los porcentajes anteriores se incrementarán en diez puntos, cuando se trate de inversiones realizadas en los cinco años siguientes a su instalación.

Siempre que la ayuda total no sobrepase los porcentajes indicados en el apartado anterior, el solicitante podrá achatarrar más de un tractor o cosechadora usados para adquirir otros tractores y/o cosechadoras
nuevos. A estos efectos, tractor y cosechadora se consideran sustitutivos.

El importe máximo de la ayuda concedido a un beneficiario no superará los 400.000 euros por período de tres ejercicios fiscales, importe que podrá ascender a 500.000 euros si la empresa está situada en una zona de montaña o desfavorecida. El período se determinará tomando como referencia los ejercicios fiscales utilizados por la empresa.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios:

a) Las personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.
b) Cooperativas agrarias, cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, cooperativas de trabajo asociado, cooperativas de utilización de maquinaria en común (CUMA) y sociedades agrarias de
transformación (SAT) inscritas en los correspondientes registros oficiales.

En cualquier caso, las empresas han de cumplir los requisitos para ser consideradas como PYME, según lo establecido en el anexo I del Reglamento (CE) número 70/2001, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas.

Las ayudas solo podrán concederse a las explotaciones agrarias que no entren en la categoría de empresas en crisis.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda consistirá en una subvención directa a la inversión en la adquisición de un nuevo tractor o cosechadora automotriz, siempre que vaya acompañado del achatarramiento de tractores o cosechadoras
antiguos y que todos ellos cumplan con los requisitos que se especifican en los artículos siguientes.

Requisitos:

Las solicitudes deberán ser presentadas con anterioridad a que se hayan realizado las inversiones para las que se piden las ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 26/11/2007
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 147
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 21/05/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 63
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento