Ayudas a la producción y edición discográfica para el año 2008.

Código de ayuda:

S23064/08

Norma:

ORDEN de 22 de febrero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/04/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción y edición discográfica para el año 2008 y aprobar las bases por las que se regirá, así como el modelo de solicitud,
que se incluyen como anexos I y II a la presente orden.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educacion, Cultura y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederán ayudas por importe máximo del 50 por ciento del coste de la producción y edición discográfica, que no superará en ningún caso la cantidad de 6.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a estas ayudas solamente los proyectos presentados por las empresas discográficas o los profesionales, que se encuentren dados de alta en el correspondiente epígrafe de Actividades de producción
y / o edición discográfica.

Los solicitantes deberán acreditar en el plazo establecido para la presentación de solicitudes que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre de 2003).
Dicha acreditación se efectuará en los términos previstos en el artículo 13.7 de la citada Ley, de conformidad con el modelo de declaración que se acompaña como Anexo III.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se convocan ayudas a la producción y edición discográfica que deberá contener mayoritariamente obra de compositores valencianos o estar interpretada por músicos valencianos, entendiéndose a estos efectos como tales tanto los nacidos y/o residentes en la Comunitat Valenciana, como aquellos que ejercen su trabajo profesional de manera preferente en este ámbito territorial.

Estas producciones y ediciones deberán contar necesariamente con el depósito legal del año de convocatoria, independientemente del momento en que se publique esta orden.

Supuestos excluidos:

a) Las producciones discográficas editadas por clubes de discos o empresas similares, cuya venta se establece entre los socios de éstas.
b) Las producciones discográficas de carácter publicitario, independientemente del carácter público o privado de las empresas que los producen.
c) Las ediciones institucionales.
d) Las grabaciones realizadas por grupos o solistas de carácter no profesional, con excepción de los que cultivan la música tradicional.
e) Las producciones que no se editen en soporte disco compacto.
f) Las ediciones cuya tirada en CD/DVD sea inferior a 1.000 ejemplares o copias.

No obstante, la Comisión Evaluadora prevista en la Base Sexta de la presente convocatoria podrá estimar excepcionalmente algún proyecto realizado por grupos o solistas de carácter no profesional, si el interés y la importancia de la grabación lo aconsejan.

Documentos asociados

Boletín: 03/04/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5734
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento