Ayudas a la produccion editorial en euskera.

Código de ayuda:

S61473/07

Norma:

ORDEN de 24 de julio de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden convoca y establece para el año 2007, el régimen de subvenciones a la producción editorial en euskera.
Tales ayudas consistirán en cantidades en metálico, conllevando su concesión la entrega de 300 ejemplares
de cada obra subvencionada a la Dirección de Promoción de la Cultura del Gobierno Vasco para su distribución entre las bibliotecas públicas pertenecientes al Sistema Nacional de Bibliotecas de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a las ayudas objeto de la presente Orden todas aquellas empresas editoriales que reúnan los
requisitos establecidos en esta convocatoria, entendiendo por empresas editoriales exclusivamente aquellas entidades privadas de carácter mercantil que incluyan dentro de su objeto social la edición de libros, y que hayan publicado entre los años 2005 y 2006 un mínimo de cinco títulos de por lo menos tres autores diferentes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de ayuda aquellas obras, en formato libro o CD, publicadas en euskera en los años 2006 y 2007, y que no hayan concurrido en otras convocatorias anteriores de estas ayudas y que cumplan los requisitos establecidos en la presente norma.

Requisitos:

Para acceder a las ayudas previstas en esta convocatoria deberán acreditarse los requisitos generales legalmente establecidos para obtener ayudas a subvenciones procedentes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, debiendo estar las entidades beneficiarias al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 06/09/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 172
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento