Ayudas a la producción de líneas editoriales en castellano - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S36319/08

Norma:

ORDEN de 11 de abril de 2008. ORDEN de 21 de mayo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca concurso público para la concesión de ayudas a la producción de líneas editoriales en castellano para 2009 y se aprueban las bases por las que se rige esta convocatoria y los modelos normalizados de solicitud y documentación necesaria (anexos I, II, III y IV).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Educacion, Cultura y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda se articulará del modo que a continuación se indica:

1. Libros infantiles y juveniles: la conselleria de Cultura y Deporte concederá a cada título objeto de subvención una ayuda equivalente al 85% de su precio de venta al público, excluido el Impuesto sobre el
Valor Añadido (IVA), y se aplicará al 20% de ejemplares de su tirada declarada y debidamente certificada. Dicho porcentaje no podrá sobrepasar los 500 ejemplares.

2. Libros para adultos: la conselleria de Cultura y Deporte concederá a cada título objeto de subvención una ayuda equivalente al 85% de su precio de venta al público, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y se aplicará al 10% de ejemplares de su tirada declarada y debidamente certificada. Dicho porcentaje no podrá sobrepasar los 300 ejemplares.
En ambos casos el importe máximo de la ayuda ascenderá a tres mil euros (3.000 euros).

3. Partituras musicales: la conselleria de Cultura y Deporte concederá a las partituras objeto de subvención una ayuda equivalente a un 85% de su precio de venta al público, excluido el Impuesto sobre el
Valor Añadido (IVA), y se aplicará al 15% de ejemplares de su tirada declarada y debidamente certificada. Dicho porcentaje no podrá sobrepasar los 250 ejemplares y el importe máximo de la ayuda será de dos
mil doscientos cincuenta euros (2.250 euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a esta subvención todas las empresas editoriales que tengan sede social en la Comunitat Valenciana cuya producción sea comercializada a través de librerías.

Las editoriales que opten a estas ayudas deberán tener una actividad ininterrumpida mínima de dos años. La Comisión Técnica de Valoración de estas ayudas podrá establecer excepciones con editoriales
que no cumplan este requisito o que sean de nueva creación, si las obras presentadas tienen un especial interés cultural o innovador.

No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que incurran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Con el fin de potenciar un fondo editorial, convenientemente articulado en colecciones y con el suficiente interés como para competir con las editoriales con producción en castellano del resto del Estado, serán objeto de ayuda todos aquellos libros publicados en castellano por empresas editoriales comerciales que tengan sede social en la Comunitat Valenciana, y se les haya otorgado el número de Depósito Legal durante los años 2007 o 2008, siempre que no se hayan acogido a esta ayuda a lo largo de 2007. Los libros objeto de esta subvención deberán reunir las siguientes características:

a) Estar comercializados a través de librerías, lo que se acreditará con la presentación de un certificado del distribuidor en librerías.
b) Tener una tirada mínima de 500 ejemplares.
c) Tener un precio de venta no superior a cincuenta euros (50 euros).
d) Ser primeras ediciones en el catálogo de la editorial solicitante.
e) Poseer un mínimo de cincuenta páginas por ejemplar, excepto los libros infantiles.

También podrán optar a esta ayuda las partituras de compositores valencianos publicadas por editoriales que tengan su sede social en la Comunitat Valenciana, siempre que cuenten con un mínimo de cuatro páginas.

Las obras que opten a estas ayudas no podrán solicitar de manera concurrente las ayudas a la producción de libros de carácter profesional.

Supuestos excluidos:
a) Todos los libros de texto sin excepción, cualquiera que sea el nivel o tipo de enseñanza, los libros de ejercicios y prácticas y las correspondientes claves de ejercicios y libros del profesor, así como
enciclopedias y diccionarios.
b) Los manuales universitarios y los libros de carácter profesional (derecho sectorial, tecnología, ciencias puras, microeconomía, etc.).
c) Los libros de editoriales privadas que estén realizados en coedición con alguna institución u organismo público.
d) Las obras editadas en fascículos.
e) Los libros conceptuados como de bibliófilos.
f) Todas las ediciones facsímiles sin excepción, cualquiera que sea su temática o tipología.
g) Los libros publicados por asociaciones, fundaciones y otras instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, aunque figuren inscritas en el Registro de Empresas Editoriales. Igualmente los libros editados por sus autores y aquellos no vendibles.
h) Las obras que, editadas por clubes del libro y empresas similares, sólo son asequibles a los respectivos socios o adheridos, y los editados expresamente para la venta a plazos.
i) Los álbumes, recortables, libros de pintar y colorear, cuadernos de caligrafía y de ejercicios, y en general todos aquellos en los que se haya de trabajar.
j) Los catálogos de exposiciones.
k) Los libros de informática.
l) Las fotocopias encuadernadas en forma de libro.

Documentos asociados

Boletín: 16/05/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5764
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/05/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6021
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento