Ayudas a la producción de libros de carácter profesional.

Código de ayuda:

S13019/06

Norma:

ORDEN de 27 de marzo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Con el fin de potenciar la producción de líneas editoriales en torno a las ciencias humanas y sociales que constituyan herramientas básicas o complementarias o que sean resultado de investigaciones que promocionen dichas disciplinas, serán objeto de ayuda aquellas publicaciones, tanto en valenciano como en castellano, por empresas editoriales comerciales que tengan sede social en la Comunidad Valenciana, y se les haya otorgado el número de depósito legal durante los años 2005 o 2006, siempre que no se hayan acogido a esta ayuda a lo largo del 2005.

Los libros objeto de esta subvención deben reunir las siguientes características:
a) Estar comercializados a través de librerías, que se acreditará con la presentación de un certificado del distribuidor en librerías.
b) Tener una tirada mínima de 500 ejemplares.
c) Tener un precio de venta no superior a cincuenta euros (50 €).
d) Deben ser primeras ediciones en el catálogo de la editorial solicitante.
e) Poseer un mínimo de cincuenta páginas por ejemplar.

Asimismo se les dará prioridad a aquellos títulos que estén incluidos en los géneros enumerados en el apartado anterior, que formen parte de una colección.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La Conselleria de Cultura, Educación y Deporte concederá a cada título objeto de subvención una ayuda equivalente al 85% de su precio de venta al público, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA), aplicándose al 10% de ejemplares de su tirada declarada y debidamente certificada.
Dicho porcentaje no podrá sobrepasar los 300 ejemplares.

El importe máximo de la ayuda ascenderá a tres mil euros (3.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Podrán optar a esta subvención todas las empresas editoriales que tengan sede social en la Comunidad Valenciana cuya producción sea comercializada a través de librerías.

b) Las editoriales que opten a estas ayudas deberán tener una actividad ininterrumpida mínima de dos años. La Comisión Técnica de Valoración de estas ayudas podrá proponer excepciones con editoriales que no cumplan este requisito, o sean de nueva creación, si las obras presentadas tienen un especial interés cultural o innovador.

c) No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que incurran en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5246
Documento: Descargar Documento