Ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto y realizados.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S06600/13

Norma:

Resolución de 12 de marzo de 2013. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. Resolucion de 21 de febrero de 2014. Resolución de 10 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 2 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el año 2015 ayudas sobre proyecto para la producción de cortometrajes y para cortometrajes realizados, mediante régimen de concurrencia competitiva.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda sobre proyecto, a conceder en el presente ejercicio, será de 30.500 euros por película beneficiaria, y en ningún caso podrá superar la inversión del productor, ni el 50 por 100 del presupuesto de la película.

La cuantía máxima de la ayuda a cortometrajes realizados, a conceder en el presente ejercicio, no podrá superar el 75 por 100 de la inversión del productor.

La suma de la ayuda sobre proyecto y a película realizada no podrá superar el coste de la película, con el límite máximo, en todo caso, de 70.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas productoras inscritas previamente como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas y que tengan la condición de independientes de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La producción de cortometrajes y para cortometrajes realizados, mediante régimen de concurrencia competitiva.

Requisitos:

No podrán acceder a las ayudas quienes se encuentren afectados por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su redacción dada por el artículo 5 del Real Decreto Ley 6/2010, de 9 de abril, de Medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo.

No podrán acceder a las ayudas sobre proyecto, los proyectos que en el momento de la decisión final del órgano colegiado correspondiente, ya se hayan convertido en películas, habiendo recibido la perceptiva calificación o habiendo sido presentadas en festivales cinematográficos.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/03/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/02/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 50
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 14/04/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 89
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento