Ayudas a la produccion de cortometrajes, de la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S06419/13

Norma:

ORDEN de 28 de febrero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/03/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de concesión de ayudas a empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual para la producción de cortometrajes para el ejercicio 2013, con el fin de ayudar al asentamiento de la industria audiovisual en Extremadura mediante la financiación de los gastos que se generen en la realización de dichas producciones.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

en todo caso el total de las ayudas públicas, incluidas las que puedan otorgarse al amparo de esta convocatoria, al mismo objeto, no podrá superar el 50% del coste de producción (IVA excluido). En ningún caso la subvención podrá ser superior a 30.000 euros para un único proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual independientes (que no sean objeto de influencia dominante por parte de las entidades de radiodifusión televisiva por razones de propiedad, participación financiera o de las normas que les rigen) establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), cuyo domicilio social, sucursal u oficina
permanente radique registrado en el ámbito territorial de Extremadura desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria, que cumplan además con alguno de los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Gastos de realización del guión y música (derechos de autor, traducciones, guión, compositor
música, etc.).

— Gastos de contratación del personal artístico (protagonistas, principales, secundarios,
figuración, especialista, etc.).

— Gastos contratación del equipo técnico de dirección, producción, fotografía, decoración,
sastrería, maquillaje, peluquería, efectos especiales y efectos sonoros, sonido, montaje,
electricistas y maquinistas, asistencia sanitaria, guardas, peones, etc.

— Gastos de realización de escenografía (decorados y escenarios, ambientación, vestuario,
semovientes y carruajes, material de peluquería y maquillaje).

— Gastos correspondientes a los estudios de rodaje, sonorización y varios producción.

— Gastos correspondientes a maquinaria de rodaje y transportes.

— Gastos de viajes, hoteles y comidas.

— Gastos correspondientes a película virgen (negativo, positivo, magnético y varios).

— Gastos de laboratorio (revelado, positivado, otros).

— Contratación de seguros.

— Gastos generales (alquiler de oficina, personal administrativo, mensajería, material de
oficina…).

— Gastos relativos a copias, publicidad, etc.

— Los tributos cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente.

Requisitos:

a) Que tengan un período mínimo de dos años de actividad cinematográfica o audiovisual como empresa, anteriores a la publicación de la convocatoria.

b) Que acrediten haber producido, al menos, una producción cinematográfica y/o audiovisual.

c) Que los componentes de la misma tengan una actividad profesional acreditada mediante la participación en la realización de producciones cinematográficas y audiovisuales, en los tres años anteriores a la formación de la empresa.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/03/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento