Ayudas a la participación en ferias, eventos y misiones comerciales. Misión Comercial Directa a Japón y Corea 2025.
Código de ayuda:
S29800/25Norma:
Resolución de 16 de octubre de 2025. Orden de 23 de abril de 2024 .Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de octubre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Participar en la Misión Comercial Directa a Japón y Corea 2025.Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Localización del organismo gestor
Región de MurciaConvoca:
Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social (Región de Murcia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cuantía máxima: 12.500€ de subvención bruta para los dos destinos; y para uno 8.000€ de subvención brutaIntensidad: 70% de subvención bruta
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Comunidades de bienes / propietarios
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
PYMES y comunidades de bienes pertenecientes a cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la pesca, la acuicultura y la producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del tratado de la U.E.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los gastos de consultoría o asistencia externa especializada en el mercado objetivo, tanto previa como durante la misión o eventob) Alquiler del stand, sala o local
c) Gastos de organización y coordinación de la acción: gastos de viaje, seguro de viaje, visado y alojamiento (en clase turista y en régimen de alojamiento y desayuno) al país/es de destino y viajes internos (tan solo desplazamientos interurbanos), a justificar con la agenda de la acción, de una persona por entidad organizadora. En el caso de entidades colaboradoras se adicionará la cantidad resultante de aplicar un 10% sobre el total de los gastos
d) Gastos de intérpretes/traductores (sólo se incluyen 2 días de traducción den Japón, ninguno en Corea)
e) Los gastos de viaje (en clase turista) al país/es de destino y viajes internos (tan sólo desplazamientos interurbanos), a justificar con la agenda de la acción y durante las fechas de esta, de una persona por empresa beneficiaria.
f) Los gastos de alojamiento (en régimen de alojamiento y desayuno, el número de noches correspondientes a la duración de la acción); seguro de viaje y visado de una persona por empresa beneficiaria
Documentos asociados
Boletín:
03/05/2024
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 1011
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
23/10/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 246
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
23/10/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 246
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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