Ayudas a la música y la lírica, correspondientes al año 2026.

Código de ayuda:

S09446/26

Norma:

Extracto de Resolución de 18 de marzo de 2026. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de abril de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones que concedan, en régimen de concurrencia competitiva, el Ministerio de Cultura y sus
organismos públicos, con cargo a los créditos de sus presupuestos, que tengan por objeto actividades de interés cultural dentro del ámbito de competencias del Departamento.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá superar el 65% del coste total del proyecto, excepto en la modalidad 2. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal para la realización de actividades de música y lírica, cuando la entidad sin ánimo de lucro solicitante esté integrada, a su vez, por asociaciones, en cuyos casos este límite se podrá ampliar hasta el 80% del coste total del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la Unión Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios.

Las modalidades de ayudas a la música y la lírica son las siguientes:
− 1. Programas de apoyo para giras por España.
− 2. Programas de apoyo a entidades sin ánimo de lucro de ámbito estatal para la realización de actividades de música y lírica.
− 3. Programas de apoyo a festivales, muestras, certámenes, congresos y residencias artísticas.
− 4. Programas de apoyo a temporadas líricas.
− 5. Programas de apoyo a encargos de composición vinculados a estreno.
− 6. Programas de apoyo a la internacionalización y giras en el extranjero.

Requisitos:

a) Las empresas privadas, sólo para las modalidades 1, 3, 4, 5 y 6. Se entiende como empresas privadas, a efectos de esta convocatoria, a las personas jurídicas con ánimo de lucro, las empresas reguladas por la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, y las personas físicas que sean profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, conforme a la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, a la fecha de presentación de la solicitud. En las modalidades 4 y 5, no se admitirán solicitudes de empresas privadas adjudicatarias de la gestión de espacios escénicos y musicales de titularidad pública.

b) Las entidades privadas sin ánimo de lucro, para las modalidades 1, 2, 3, 4, 5 y 6. Se entiende como tales a asociaciones, federaciones, confederaciones y fundaciones.

c) Las Comunidades Autónomas, por ellas mismas o a través de sus organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos, sólo para la modalidad 3.

d) Las Entidades Locales, por ellas mismas o a través de sus organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos, sólo para las modalidades 3, 4 y 5.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/03/2026
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 75
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/03/2026
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 75
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento