Ayudas a la movilidad internacional del estudiantado con reconocimiento academico de las universidades o de centros de estudios superiores de enseñanzas artisticas de Cataluña, para el curso 2008-2009 (MOBINT).

Código de ayuda:

S08182/08

Norma:

RESOLUCION IUE/177/2008, de 25 de enero.

Plazo de Solicitud:

Del 13 de mayo al 13 de junio de 2008.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas al estudiantado de las universidades catalanas o de centros de estudios superiores de enseñanzas artísticas de Cataluña que hayan obtenido una estancia académica de movilidad, para contribuir a la financiación de los gastos que comporta la realización de estudios en otros países.

Período: Curso académico 2008-2009.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con el fin de colaborar en la financiación de los gastos de movilidad, se concede al estudiantado que cumpla los requisitos de esta convocatoria y que haya obtenido una puntuación más alta, según los criterios de la base 7, una cantidad de 200 euros mensuales, para una duración máxima de la estancia de hasta seis meses, es decir, hasta un máximo de 1.200 euros.

Por estancia se entiende la duración del período que transcurre desde la fecha de incorporación efectiva a la universidad o al centro de destino hasta la fecha de finalización efectiva de dicha incorporación, siempre que coincida con la duración solicitada o que sea inferior. En el caso de que finalmente la duración sea
superior, no se aumentará la ayuda.

En el caso de que no se agote alguna de las dotaciones establecidas para una modalidad, el importe correspondiente se puede adjudicar al estudiantado de las otras modalidades, siempre que se consiga la puntuación mínima requerida, de acuerdo con los criterios de valoración y la disponibilidad presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias las personas que cumplan los requisitos siguientes:

a) Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea o, en el caso del estudiantado no comunitario, acreditar la condición de persona residente; queda excluido el estudiantado que se encuentre en situación de estancia.
b) Haber formalizado la matrícula en una universidad del sistema universitario catalán o en un centro de estudios superiores de enseñanzas artísticas de Cataluña, en el curso académico para el que se solicita la ayuda.

Requisitos:
Modalidad A: la persona debe estar matriculada en unos estudios dirigidos a la obtención de un título oficial, de primer y/o de segundo ciclo, sólo de segundo ciclo, o de máster oficial (según el DIUE de la Generalidad de Cataluña, http://www10.gencat.net/dursi/ca/un/estudis_masters.htm) o en unos estudios dirigidos a obtener títulos propios de las universidades catalanas, con la organización, estructura, duración y las características académicas equivalentes a los estudios que conducen a los títulos universitarios oficiales de primer ciclo, de primer y segundo ciclo, o sólo de segundo ciclo, y se excluyen, en todo caso, los másters no oficiales, los de posgrado, los de extensión universitaria y los doctorados.
Modalidad B: la persona debe estar matriculada en unos estudios dirigidos a la obtención de un título oficial de primero y/o de uno de segundo ciclo, sólo de segundo ciclo, o máster oficial, situación que debe mantenerse en el momento de disfrute de la ayuda.
Modalidad C: la persona debe estar matriculada en unos estudios dirigidos a la obtención de un título de enseñanzas artísticas superiores de Cataluña con equivalencia universitaria.

Todas las modalidades:
a) Haber superado, en el momento de presentar la solicitud, 27,5 créditos como mínimo.
b) Haber sido seleccionado/a por una universidad o un centro de estudios superiores de enseñanzas artísticas de Cataluña para una estancia en el marco de los programas de movilidad internacional. La AGAUR puede requerir a la persona solicitante la acreditación de este punto en cualquier momento del procedimiento.
c) Tener un conocimiento suficiente de la lengua de docencia de la universidad o del centro de destino.
Se excluyen de esta convocatoria los estudios de máster no oficial, de posgrado, de extensión universitaria y de doctorado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se establecen tres modalidades de ayudas:

Modalidad A: estancia académica, en el marco del programa Erasmus, dirigida al estudiantado de las universidades catalanas.
Modalidad B: estancia académica, en el marco de los programas de movilidad fuera del Estado español, con reconocimiento académico, en la que participen las universidades catalanas, dirigida al estudiantado de las universidades catalanas.
Modalidad C: estancia académica, en el marco del programa Erasmus y otros programas de movilidad internacional, dirigida al estudiantado de los centros de estudios superiores de enseñanzas artísticas de Cataluña.

En ningún caso se podrá optar a más de una modalidad.

Documentos asociados

Boletín: 05/02/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5063
Documento: Bases y Convocatoria curso: 2008/2009 Descargar Documento
Boletín: 21/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5135
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento