Ayudas a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.
Código de ayuda:
S21382/25Norma:
ORDEN PEJ/801/2025, de 4 de julio. Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de diciembre de 2025Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar ayudas a actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas, en la Comunidad Autónoma de Aragón.Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Vicepresidencia del Gobierno y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía global máxima para la concesión de ayudas a destinatarios finales según la convocatoria es de 10.346.156,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Siempre que tengan su residencia fiscal en España y la actuación objeto de la ayuda esté ubicada en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar las ayudas previstas en esta Orden, y serán los destinatarios últimos de las ayudas, para cada tipo de actuación, los establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras.- Organismos autónomos, empresas públicas y otros entes públicos.
- Corporaciones locales.
- Empresas privadas.
- Familias e instituciones sin fines de lucro.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán actuaciones subvencionables las previstas en el artículo 13 de las bases reguladoras que deberán cumplir los requisitos que se establecen en esta Orden, y demás normativa de aplicación, para cada una de ellas:a) Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible.
b) Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Requisitos:
En relación con la ubicación de la actuación objeto de la ayuda, los destinatarios deberán cumplir:a) Para poder ser beneficiario de una ayuda destinada a la actuación 1 descrita en el artículo 13 de las bases reguladoras el destinatario último deberá estar establecido en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se entenderá que está establecido en Aragón cuando tenga su residencia en la Comunidad Autónoma de
Aragón o tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en la misma en el momento en que se solicite la ayuda, y en el momento de la justificación y pago de la misma.
b) Para poder ser beneficiario de una ayuda destinada a la actuación 2 descrita en el artículo 13 de las bases reguladoras, éstas deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Documentos asociados
Boletín:
01/04/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
11/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
11/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 132
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento