Ayudas a la modernización de las pymes comerciales para el ejercicio 2006.

Código de ayuda:

S30500/06

Norma:

ORDEN de 29 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente orden se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas para la mejora de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas comerciales, para las acciones que se indicarán, de acuerdo con las consignaciones presupuestarias que para el ejercicio 2006 establezca la Ley de Presupuestos de la Generalitat.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las acciones establecidas en el punto 2 del artículo anterior se fijan los siguientes importes mínimos que han de alcanzar las inversiones apoyables para poder ser subvencionadas:

– Para las citadas en los puntos a) y f), 15.000 euros
– Para las establecidas en el punto b), 10.000 euros
– Para las reflejadas en el punto e), 30.000 euros

Para las mismas acciones podrán concederse los siguientes apoyos sobre las inversiones consideradas apoyables:
– Para las citadas en los puntos a) y f), hasta el 20 por ciento con el límite de 15.000 euros
– Para las establecidas en el punto b) hasta el 20 por ciento con el límite de 5.000 euros
– Para las establecidas en el punto c) y d) hasta el 30 por ciento con el límite de 5.000 euros
– Para las reflejadas en el punto e) hasta el 20 por ciento con el límite de 20.000 euros

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas aquellas personas físicas o jurídicas, calificadas como pymes o microempresas, que ejerzan la actividad comercial en la Comunidad Valenciana, en alguno de los grupos de epígrafes fiscales (Impuesto de Actividades Económicas) relacionados en el Anexo 1 y que pretendan llevar a cabo proyectos de inversión, en sus establecimientos comerciales, que reúnan las siguientes condiciones:

– No propiciar o consolidar situaciones que limiten la libre competencia.
– Ir dirigidas a lograr la especialización y/o modernización mediante la introducción de innovaciones que a juicio de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia representen mejoras significativas en la función propiamente comercial.
– Materializarse en establecimientos comerciales preexistentes ubicados al menos en planta baja (excepto cuando se trate de comercio agrupado físicamente), estar vinculados directamente a la actividad comercial y no estar destinados a funciones productivas o de transformación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas establecidas deberán ir destinadas a financiar las actuaciones que realicen, en la Comunidad Valenciana, las pymes comerciales para mejorar su posición competitiva, mediante la modernización de sus establecimientos, la adquisición de equipamiento e incorporación de nuevas tecnologías y técnicas de gestión.

Serán apoyables las siguientes actuaciones:

a) Adquisición de inmovilizado material destinado a:
– Conservación y exposición frigorífica de productos alimentarios y su manipulación.
– Equipamiento para el almacenamiento, exposición y venta del producto a comercializar.
– Imagen corporativa.

b) Vinculación a forma asociativa. Se considerarán apoyables los recursos invertidos por la empresa para su participación o acceso a la forma asociativa, independientemente de la forma jurídica que ésta adopte.

c) Realización de estudios de diagnóstico del punto de venta, o de calidad, que definan de forma justificada y razonada las estrategias e inversiones que deben llevarse a cabo en el establecimiento comercial para mejorar su posición competitiva en el mercado.

d) También se considerarán apoyables los gastos de obtención del reconocimiento de empresa, a través de la certificación de sistemas de gestión, por organismos competentes, siempre que se aporten los estudios realizados con carácter previo.

e) La realización de las inversiones definidas en los estudios de diagnóstico del punto de venta citados en el apartado c).

f) Inversiones destinadas a la implantación, o ampliación, de procesos ligados a la aplicación de la trazabilidad en el sector alimentario.

Documentos asociados

Boletín: 10/01/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5173
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 24/08/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5331
Documento: Credito ejercicio 2006 Descargar Documento