Ayudas a la microempresa, la pequeña empresa y la mediana empresa de las Illes Balears para cubrir los gastos financieros de operaciones de liquidez para hacer frente a los efectos sectoriales producidos por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook y de su grupo sobre la economía de las Illes Balears.

Código de ayuda:

S59764/19

Norma:

Resolución de 14 de noviembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de octubre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 300.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto regular el otorgamiento extraordinario de ayudas a la microempresa, la pequeña empresa y la mediana empresa de las Illes Balears afectadas por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook y su grupo, que tengan aprobadas operaciones financieras avaladas por ISBA, SGR, destinadas a dotarlas de liquidez. Las ayudas se destinan a cubrir los intereses de estas operaciones financieras, el coste del aval que formalicen con ISBA, SGR, y los gastos de apertura y estudio de la operación, y tienen que estar sujetas al cumplimiento del compromiso de mantener la actividad y los puestos de trabajo en las condiciones de los ejercicios precedentes hasta la finalización de la operación financiera.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Turismo (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de préstamo sobre la cual se tiene que calcular la ayuda es:

— Para los establecimientos de alojamiento, las facturas sin garantía pendientes de cobro de Thomas Cook y su grupo, hasta un máximo de 300.000 euros.

— Para el resto de proveedores directos, las facturas sin garantía pendientes de cobro de Thomas Cook y su grupo, hasta un máximo de 150.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las PYME, sean personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y las sociedades civiles o comunidades de bienes, con actividad efectiva en las Illes Balears, afectadas directamente por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook o de empresas que pertenecen a su grupo, con facturas directas no amparadas por seguros de crédito o garantías equivalentes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son susceptibles de subvención los gastos de financiación de las operaciones de liquidez que se formalicen, con un plazo no superior a tres años, con un plazo máximo de carencia de seis meses.

Requisitos:

a) Tener menos de 250 personas trabajadoras.

b) Tener una cifra de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros o un balance anual no superior a 43.000.000 de euros.

c) No estar participadas en un 25 % o más de su capital o de sus derechos de voto por otras empresas o grupos de empresas que no cumplan los requisitos anteriores.

Documentos asociados

Boletín: 16/11/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 156
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento