Ayudas a la mejora y modernización de regadíos en Extremadura.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S14482/18

Norma:

DECRETO 82/2016, de 21 de junio. ORDEN de 16 de marzo de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de junio de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 800.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas destinadas a la realización de obras e instalaciones que tengan por finalidad el ahorro de agua, la mejora y modernización de las infraestructuras de riego de su competencia, así como las condiciones de las redes de drenaje y los mecanismos de gestión del riego.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe del coste subvencionable mínimo será de 10.000 euros, siempre y cuando las infraestructuras a modernizar por la Comunidad de Regantes consigan un ahorro potencial de agua de 6.000 m³ y como máximo será de 1.000.000 euros por actuación y convocatoria de ayudas.

La cuantía máxima de la subvención por convocatoria y beneficiario será de 800.000 euros y se atendrá a los siguientes porcentajes del coste subvencionable:

— 80 por ciento con carácter general del coste subvencionable.

— Serán aplicables los siguientes incrementos del porcentaje de subvención:

• 10 por ciento adicional sobre aquellas inversiones para la instalación de contadores o sistemas de medición del agua consumida.

• 10 por ciento adicional sobre aquellas inversiones de balsas de almacenamiento o infraestructuras de almacenamiento y captación de excedentes estacionales.

• 10 por ciento adicional sobre aquellas inversiones en instalaciones de generación de energías renovables o instalaciones para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de riego.

• 10 por ciento adicional sobre aquellas inversiones en sistemas de gestión y telecontrol o automatización del riego.

— 10 por ciento adicional sobre el total de los costes subvencionables en el caso de que más del 50 por ciento de la superficie regable de las Comunidades de Regantes, estén situadas en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) número 1305/2013, según la clasificación de la Administración autonómica.

En ningún caso la ayuda total recibida podrá superar el 100 por cien del coste subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Comunidades de Regantes u otras Comunidades de Usuarios de Aguas principalmente vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público, sean titulares o gestionen infraestructuras de regadíos existentes, dispongan de su correspondiente derecho de agua, situadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y reconocidas por el Organismo de Cuenca que le corresponda al amparo de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Las infraestructuras de riego, que se relacionan a continuación:

— Tecnología de la Información y Comunicaciones (TIC) que mejoren la gestión del riego o de laComunidad de Regantes.

— Infraestructuras para reducir y evitar las pérdidas de agua en las redes de transporte y distribución de agua, instalaciones de bombeo y equipos de filtrado.

— Balsas de riego, infraestructuras que incrementen la capacidad de almacenamiento de agua y captación de excedentes estacionales.

— Sistemas de medición del agua tanto de la infraestructura como la que sirve a las explotaciones.

— Instalaciones de generación de energías renovables en sustitución de energía de fuentes convencionales y otros elementos que mejoren la eficiencia energética.

— Inversiones intangibles: asistencias técnicas, programas informáticos, instrumentación y equipos, automatización, adecuaciones tecnológicas para la adaptación a las nuevas tecnologías, planes y estrategia que mejoren la gestión del agua.

b. Honorarios para la redacción de proyecto técnico, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud.

Las inversiones deberán tener como finalidad y consecuencia alguno de los siguientes aspectos:

— Mejora de la eficiencia de los sistemas de riego y el ahorro de agua.

— Reducción de pérdidas en redes de transporte y distribución.

— Aprovechamiento conjunto y óptimo de recursos hídricos de distintas procedencias.

— Incorporación y/o sustitución de caudales de agua para riego.

— Mejora de la calidad del agua.

— Gestión integral y optimizada de la explotación de la zona de regadío.

— Mejora de las condiciones medioambientales.

— Reducción significativa de costes energéticos, asociada al proyecto de modernización.

— Fomento de la gestión conjunta de los recursos hídricos y las infraestructuras de riego.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2016
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 122
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/04/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 64
Documento: Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/04/2018
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 64
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento