Ayudas a la leche desnatada y leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación animal.
Código de ayuda:
S01091/03Norma:
Orden AYG/927/ 2003, de 10 de julio.Plazo de Solicitud:
Antes de finalizar el mes siguiente al mes a que se refiera la ayuda.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer los criterios de aplicación del régimen de ayuda a la leche desnatada y leche desnatada en polvo destinadas a la alimentación animal.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda será el aplicable, para cada caso, el día de transformación en piensos compuestos o el día de la desnaturalización.En la actualidad estos importes son:
- 4,93 euros por 100 Kg. de leche desnatada cuyo contenido en materia proteica del extracto seco magro sea al menos el 35,6%.
- 4,35 euros por 100 Kg. de leche desnatada cuyo contenido en materia proteica del extracto seco magro sea al menos el 31,4% pero inferior al 35,6%.
- 61,00 euros por 100 Kg. de leche desnatada en polvo cuyo contenido en materia proteica del extracto seco magro sea al menos el 35,6%.
- 53,80 euros por 100 Kg de leche desnatada en polvo cuyo contenido en materia proteica del ex t racto seco magro sea al menos el 31,4% pero inferior al 35,6%.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas de transformación, autorizadas por la Dirección General del Fondo de Garantía Agraria , que tengan ubicadas sus instalaciones de transformación en Castilla y León.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Campañas de comercialización de:- Productos de mezclas destinadas a la fabricación de piensos compuestos.
- Piensos compuestos .
- Leche desnatada en polvo desnaturalizada con destino a la alimentación animal, a partir de leche desnatada en polvo.
Requisitos:
Las empresas que soliciten la autorización para actuar en el marco de la presente Orden deberán estar inscritas en el Registro de Industrias Agrarias.Documentos asociados
Boletín:
22/07/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 140
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 140
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Boletín:
22/07/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 140
Documento: Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 140
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