Ayudas a la investigación en materias relacionadas con la Red de Parques Nacionales para el año 2004.

Código de ayuda:

S03773/03

Norma:

Resolución de 7 de octubre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/11/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico en el Marco del Programa de Investigación de Parques Nacionales, para el año 2004.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Medio Ambiente ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin determinar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los Centros Públicos de I+D, los Centros privados de I+D y los Centros Tecnológicos, siempre que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se destinarán exclusivamente a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades de investigación para las que hayan sido concedidas:

1. En el caso de los proyectos presentados por los Centros Públicos de I+D las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
- Costes directos: Costes de personal y Costes de ejecución.
- Costes indirectos: las entidades beneficiarias podrán recibir hasta un 15 por 100 de los costes directos totales concedidos a los proyectos.

2. En el caso de los proyectos presentados por los Centros Tecnológicos y los Centros privados de I+D sin ánimo de lucro las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:
- Costes de personal propio o contratados para el proyecto, tanto personal investigador como de apoyo técnico.
- Costes de amortización de equipamiento científico-técnico de nueva adquisición y de utilización de instalaciones o equipos,en la medida en que tal equipamiento se destine a la actividad propuesta.
- Otros costes debidamente justificados (material fungible,viajes y dietas,etc.), a excepción de los costes indirectos.

Requisitos:

Diversa documentación.

Documentos asociados

Boletín: 24/10/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 255
Documento: Convocatoria Descargar Documento