Ayudas a la inversión en grandes empresas industriales 2018.

Código de ayuda:

S53855/18

Norma:

RESOLUCIÓN 465E/2018, de 5 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas ayudas es fomentar la realización de proyectos de inversión productiva por parte de las grandes empresas industriales navarras, con la finalidad de mejorar su posición competitiva.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Política Económica y Empresarial y Trabajo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables aquellos proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales que realicen las grandes empresas en Navarra, así como la formación asociada a la inversión, cuya finalidad sea:

a) La creación de un nuevo establecimiento.

b) La diversificación de la producción en un establecimiento ya existente, que implique una ampliación de las actividades económicas de la empresa con una diferenciación respecto a las que venía realizando con
anterioridad a la inversión, a nivel de 4.º dígito de la CNAE 2009.

c) La ampliación o crecimiento a través de la introducción de nuevos productos o la introducción en nuevos mercados geográficos, de clientes o sectoriales.

d) La ampliación o crecimiento dentro de los mercados y productos actuales de la empresa.

e) La mejora en la eficiencia de los procesos industriales.

Requisitos:

a) Tengan o vayan a tener un establecimiento en Navarra.

b) Sean una gran empresa por no cumplir los criterios para ser PYME establecidos en el Anexo I del Reglamente (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los articulo 107 y 108 del Tratado.

c) Realicen alguna de las siguientes actividades:

–Industrias manufactureras (Sector C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas de la CNAE‑2009), con las excepción de las industrias agroalimentarias incluidas en el Anexo I del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.

–Suministro de vapor y aire acondicionado (CNAE‑2009: 35.3 de la sección D).

–Tratamiento y eliminación de residuos; valorización y actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos (CNAE‑2009: 38.2, 38.3 y 39 de la sección E).

–Actividades de información y comunicaciones (Sector J de la CNAE‑2009).

–Actividades de logística como depósito y almacenamiento, manipulación de mercaderías y otras actividades anexas al transporte (CNAE‑2009: 52.1, 52.24 y 52.29 de la sección H).

–Servicios técnicos de ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico (CNAE‑2009: 71.12 y 71.20 de la sección M).

–Investigación y desarrollo (CNAE‑2009: 72 de la sección M).

–Actividades de diseño especializado (CNAE‑2009: 74.10 de la sección M).

d) Estén inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra. (Boletín Oficial de Navarra número 94, de 20 de mayo de 2013).

e) Las empresas con más de 250 personas empleadas deberán tener un Plan de Igualdad entre mujeres y hombres, elaborado y aplicado con el alcance y contenido establecidos en el Capítulo III del Título IV de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que haya sido objeto de negociación en la forma señalada en la legislación laboral.

f) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento puede acreditarse mediante la “Declaración responsable” que se incluye en el formulario de solicitud.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

Documentos asociados

Boletín: 22/10/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 204
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/10/2018
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 206
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento