Ayudas a la internacionalizacion de la empresa catalana.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S37582/11

Norma:

RESOLUCION EMO/1671/2011, de 22 de junio. RESOLUCIÓN EMO/2727/2011, de 14 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Línea 1: hasta el 30/12/2011; Línea 2: hasta el 03/10/11; Línea 3: hasta el 8/09/2011; Línea 4: hasta el 8/11/2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de las ayudas a la internacionalización de la empresa catalana.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Empleo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según línea de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Empresas con ánimo de lucro y domicilio social en Cataluña.

2. Asociaciones empresariales, cámaras de comercio, industria y navegación y organizaciones patronales cuya actividad se desarrolle total o parcialmente en Cataluña y esté relacionada con la internacionalización.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programa Primera Exportación.

2. Programa de Inversión Directa en el Exterior (IDE).

3. Programa de Misiones Internacionales.

4. Programa de Grupos de Internacionalización.

Requisitos:

a) En el caso de empresas y entidades con 50 o más trabajadores, cumplir con la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de
la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005), el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales (BOE núm. 45, de 21.2.2004), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.8.2000).

b) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, así como las
obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACC1Ó ni con sus empresas participadas.

c) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

d) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 90 bis, apartados a), b), c), d) y e) y 92.2.i) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

e) No haber sido sancionados, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

f) Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña hecha por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

g) No incumplir el Reglamento (CE) núm. 1998/2006, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis (DOUE L 379, de 28.12.2006).

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5916
Documento: Bases y Convocatoria 2011 Descargar Documento
Boletín: 23/11/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6011
Documento: Modificación Descargar Documento