Ayudas a la formacion del personal investigador para la realizacion de estancias breves en España y en el extranjero, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2012.- Modificación.

Código de ayuda:

S08037/12

Norma:

Resolución de 29 de febrero de 2012. Resolución de 11 de octubrede 2010. Resolución de 4 de octubre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/04/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2012 ayudas para la realización de estancias breves en España y en el extranjero, conforme a las bases con vigencia indefinida que rigen las convocatorias de ayudas del Programa de Formación de Personal Investigador, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo.

Categorías Subvención

  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información. (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda, como complemento de la dotación mensual, será:

a) En España: 25 euros por día de estancia en el centro.

b) En el extranjero: 50 euros por día de estancia en el centro.

El importe de la ayuda para el viaje será:

a) Desplazamientos en España: hasta un máximo de 150 euros.

b) Desplazamientos en el extranjero: hasta un máximo de 600 euros, cuando el lugar de destino sea un país de Europa; hasta un máximo de 1.500 euros, cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Ayudas para la realización de la tesis doctoral en Canarias.
Los investigadores en programas de investigación científica y técnica

2. La concesión de ayudas para la realización de estancias breves de investigación.

a) Los beneficiarios de ayudas en régimen de beca o contrato en prácticas que hayan presentado y obtenido informe favorable a la memoria de seguimiento anual, a la que se refiere el apartado 2.21 de la base segunda, y estar disfrutando de la ayuda prevista en la indicada base segunda.

b) Excepcionalmente podrán solicitarla, aquellos beneficiarios activos que no reuniendo el requisito anterior, se encuentren en posesión de la suficiencia investigadora o que hayan completado un período igual o superior a doce meses en becas o ayudas anteriores de naturaleza semejante a las objeto de estas bases en cuanto a sus objetivos y su cuantía, y cuyo período disfrutado haya sido descontado del cómputo
del período de duración máxima de la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de estancias breves en España y en el extranjero, conforme a las bases con vigencia indefinida que rigen las convocatorias de ayudas del Programa de Formación de Personal Investigador, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 206
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/03/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 52
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/10/2012
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 199
Documento: Modificación Descargar Documento