Ayudas a la exploracion e investigacion geologicominera y a la mejora del medio ambiente, en relacion con las actividades mineras no energeticas.

Código de ayuda:

S51291/07

Norma:

ORDEN ITC/1797/2007, de 13 de junio. RESOLUCION de 7 de febrero de 2008. RESOLUCION de 29 de junio de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/03/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de exploración e investigación geológico-minera y de medio
ambiente. Los proyectos deberán dirigirse a materias primas minerales no energéticas y desarrollarse en el territorio nacional.

En el anexo I de la presente orden se especifican las actuaciones concretas que pueden ser objeto de ayuda en cada una de las áreas específicas.
En los proyectos de medio ambiente no serán objeto de subvención las inversiones para el saneamiento de instalaciones industriales contaminadas contempladas en el artículo 38 de las Directrices comunitarias sobre
ayudas estatales a favor del medio ambiente (2001/C 37/03).

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden:

a) Las empresas públicas o privadas.
b) Las agrupaciones de dichas empresas.
c) Las instituciones sin ánimo de lucro.

Además las empresas agrupaciones o instituciones anteriormente citadas deben ser titulares de dominio minero objeto del proyecto en cualquiera de las formas contempladas en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

2. No podrán acogerse empresas, agrupaciones o instituciones en las que concurra alguna de las prohibiciones que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 146
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/07/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 161
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2007 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/02/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 44
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento