Ayudas a la electrificacion mediante el empleo de sistemas de produccion de energia, prioritariamente autonomos, basados en energias renovables, en edificaciones aisladas del medio rural, de propiedad particular.

Código de ayuda:

S16146/08

Norma:

Orden DES/7/2008, de 28 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de ayudas para el año 2008, destinadas a paliar el coste de las instalaciones de producción y ahorro de energía eléctrica para uso individual, mediante sistemas autónomos de producción energética basados en el empleo de energías renovables, en edificaciones aisladas del medio rural, pertenecientes a municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con una población inferior a 15.000 habitantes o que aún siendo superior a esta cifra, la edificación pertenezca a un núcleo cuya población, en conjunto, sea inferior a 1.500 habitantes y, a criterio del Comité de Valoración, se considere que la instalación supone una mejora para el desarrollo de la zona y para la calidad de vida de sus habitantes.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad. (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que tengan su residencia fiscal, en 2007, en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria y sean propietarias de las edificaciones objeto de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Vivienda (para uso permanente o temporal)

b) Instalaciones agrícolas y ganaderas cuya superficie en planta sea superior a 30 m2 totales (para uso permanente o temporal)

c) Otras edificaciones para uso agroalimentario.

d) Otras construcciones destinadas a uso general tales como ermitas, almacenes de grano, pajares, etc. Se excluyen los locales para su uso como guarda.- aperos de labranza.

Documentos asociados

Boletín: 07/03/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 48
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento