Ayudas a la digitalización Industria 4.0 para el año 2019 cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S03800/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2018. RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2019.

Plazo de Solicitud:

Talleres: Hasta el 15/3/2019. Proyectos digitalización: Linea 1 hasta el 15/03/2019 y Linea 2: Del 3/06/2019 al 20/09/2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Talleres:

Los talleres se conciben como espacios de encuentro entre empresas para explorar soluciones tecnológicas y vías de colaboración que den lugar a proyectos de implementación de herramientas digitales colaborativas sectoriales susceptibles de optar a las ayudas establecidas en estas bases o en otras convocatorias, o bien oportunidades de hibridación intersectorial.

2. Proyectos de digitalización empresarial.

Estas ayudas van destinadas a la puesta en marcha de proyectos cuya finalidad sea la implantación de soluciones para el soporte digital de procesos de una empresa o para proyectos de interconexión digital de procesos entre una pyme gallega y otras empresas o entre dos o más pymes gallegas como pueden ser órdenes de fabricación distribuida, sistemas de facturación, procesos entre un líder industrial hacia las pymes que conforman su cadena de valor.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Talleres:

a) Entidades con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, que pertenezcan a una de las siguientes categorías: asociaciones empresariales, fundaciones empresariales o universidad-empresa o clústeres empresariales.

b) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica domiciliados en Galicia y que estén inscritos en el registro establecido al efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros, BOE núm. 20, de 23 de enero de 2009).

2. Proyectos de digitalización empresarial.

Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes) según la definición establecida por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio de 2014), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), que sean sociedades con personalidad jurídica propia o autónomos y que tengan un centro de trabajo en Galicia en el que se vaya a realizar el proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Talleres.

2. Proyectos de digitalización empresarial.

Los proyectos podrán ser de dos modalidades:

a) Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:

1º. Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.

2º. Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.

b) Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:

1º. Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.

2º. Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares), interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad.

3º. Sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automático y toma de decisiones autónomos.

Los proyectos de la modalidad a) tendrán preferencia sobre los de la modalidad b).

Documentos asociados

Boletín: 11/01/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 8
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/01/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 8
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto): Ayudas a talleres Descargar Documento
Boletín: 11/01/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 8
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto): Ayudas a proyectos de digitalización empresarial Descargar Documento