Ayudas a la difusion y promocion del valenciano en los centros valencianos en el exterior.

Código de ayuda:

S74819/07

Norma:

RESOLUCION de 5 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/01/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto del presente acuerdo es la convocatoria de concurso público para la concesión de ayudas a los centros valencianos en el exterior de la Comunidad Valenciana.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Academia Valenciana de la Lengua (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros que figuren inscritos en el Registro de Centros Valencianos en el exterior, creado por el Decreto 38/2003, de 15 de abril, del Consell de la Generalitat,
por el que se regula la relación con los centros valencianos en el exterior de la Comunidad Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se destinarán a:

a) Realizar cursos de valenciano en centros valencianos en el exterior.
b) Adquirir libros y material discográfico en valenciano.

Los cursos van dirigidos, preferentemente, a personas mayores de 14 años que sean socias de los centros valencianos en el exterior, aunque podrán participar también todos los miembros de la colectividad
valenciana y sus descendientes, así como aquellas personas interesadas en la lengua y la cultura valenciana.

Cada curso tendrá una duración de 60 horas.
La AVL seleccionará el profesor, el contenido de los cursos y el material docente.

Las ayudas serán de tipo económico, y se destinarán a realizar cursos de valenciano y a adquirir material bibliográfico y discográfico en valenciano.

Por lo que se refiere a la realización de los cursos de valenciano, la AVL cubrirá los honorarios de la docencia, el coste del material para los cursos y, en su caso, las dietas de manutención del profesor. Si el
centro beneficiario no dispone de profesorado adecuado para impartir los cursos, puede delegar la gestión y el abono del importe de los gastos en la AVL, lo que deberá constar en el impreso de solicitud. El centro valenciano beneficiario proporcionará las instalaciones para la realización de los cursos y, en su caso, cubrirá el coste del alojamiento del profesor.

Por lo que se refiere a la adquisición de material bibliográfico y discográfico, y considerando la dificultad objetiva que tienen muchos de los centros valencianos para comprarlo, aquellos que así lo deseen podrán optar por recibir directamente el material por el valor correspondiente a la ayuda económica concedida por la AVL. A estos efectos, los solicitantes lo harán constar en el impreso de solicitud que figura en el anexo II, y el AVL efectuará las adquisiciones y remitirá el material a los centros valencianos que así lo soliciten.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5662
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento