Ayudas a la creación, desarrollo y producción audiovisual.

Código de ayuda:

S01782/03

Norma:

Orden de 30 de julio de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulso, consolidación y/o difusión de las actividades artísticas y culturales que se desarrollen en el área audiovisual, incentivando la creación de guiones, el desarrollo de proyectos (de ficción, animación, documental y multimedia), así como la producción de obras audiovisuales (largometrajes cinematográficos y/o tv movies de ficción, largometrajes cinematográficos de animación, documentales de creación y cortometrajes cinematográficos de ficción y animación).
El objetivo último es el de potenciar y ayudar a la consolidación de una infraestructura audiovisual.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas para la creación de guiones no serán superiores a 36.000,00 euros. Las ayudas para las modalidades de producción de largometrajes cinematográficos y/o televisivos (TV movies) de ficción y la producción de largometrajes cinematográficos de animación, no podrán ser superiores 180.000,00 euros. Las ayudas a la producción de documentales de creación no podrán ser superiores a 60.000,00 euros. Las ayudas a la producción de cortometrajes en ningún caso podrán superar el 60% del presupuesto de gastos de la película, ni el importe máximo de 18.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Personas jurídicas privadas independientes (que tengan iniciativa y asuman la responsabilidad en la producción audiovisual y/o multimedia, que no sea objeto de influencia dominante por parte de las entidades de radiodifusión televisiva por razones de propiedad, participación financiera o de las normas que le rigen) que desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la convocatoria tengan domicilio social en la Comunidad Autónoma Vasca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Ayudas a la creación de guiones .
2.– Ayudas al desarrollo de proyectos.
3.– Ayudas a las siguientes modalidades de producción de obras audiovisuales:
a) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos y/o televisivos (TV movies) de ficción.
b) Ayudas a la producción de largometrajes cinematográficos de animación.
c) Ayudas a la producción de documentales de creación.
d) Ayudas a la producción de cortometrajes.

Requisitos:

a) Aceptar la subvención concedida.
b) Utilizar la ayuda para el concreto destino para el que ha sido concedida.
c) Facilitar la información fiscal requerida.
d) Ejecutar el Proyecto subvencionado en los términos presentados a la Convocatoria.
e) Comunicar la obtención de otras ayudas y subvenciones para la misma finalidad.
f) Hacer constar en toda información, publicidad, promoción y títulos de créditos iniciales de las obras subvencionadas, así como en cualquier forma de difusión que de las mismas se lleve a efecto, que han sido realizadas con la colaboracióndel Departamento de Cultura del Gobierno Vasco.
g) Entregar un ejemplar de todos los materiales promocionales editados.
h) Los que se establezcan para cada modalidad de la Orden.

Documentos asociados

Boletín: 14/08/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 158
Documento: Convocatoria Descargar Documento