Ayudas a la creacion de guiones.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S30728/11

Norma:

ORDEN de 5 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria y establecimiento de las condiciones para la concesión en 2011 de ayudas a propuestas que se desarrollan en 2011 y 2012, destinadas a la creación de guiones para cine y televisión de ficción, animación y/o documental, en todos los formatos y escritos en cualquiera de los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que acrediten estar empadronadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi desde al menos un año antes de la fecha de publicación de la Orden de convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– La primera modalidad con 9 ayudas de trece mil trescientos euros (13.300) cada una para guiones
escritos por guionistas de más de 30 años (requisito que se ha de acreditar al último día de plazo de presentación de solicitudes) o guionistas jóvenes (menores de 30 años al último día de plazo de presentación de solicitudes) que consten como guionistas en alguna película de largometraje calificada para su exhibición comercial en salas cinematográficas. Al menos 4 ayudas serán para guiones escritos en euskera y al menos 4 ayudas serán para textos escritos en castellano.

2.– Y una segunda modalidad con tres ayudas de diez mil trescientos (10.300) euros cada una para guiones escritos por guionistas jóvenes (menores de 30 años al último día de plazo de presentación de solicitudes) que no consten como guionistas en alguna película de largometraje calificada para su exhibición
comercial en salas cinematográficas. Al menos uno de estos tres guiones estará escrito en euskera y al menos uno de los mismos estará escrito en castellano.

Requisitos:

No podrán acceder a las subvenciones previstas en esta convocatoria quienes se encuentren sancionados
administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones
públicas, o se hallen incursos en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 100
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento