Ayudas a la cosecha en verde en Castilla-La Mancha, para el Programa de Apoyo 2019-2023.

Código de ayuda:

S28291/20

Norma:

Real Decreto 557/2020, de 9 de junio. Orden 85/2020, de 17 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de junio de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar las bases reguladoras y convocar ayudas para la medida de cosecha en verde del viñedo de Castilla-La Mancha para la vendimia de 2020, encuadrada dentro del Programa de Apoyo 2019-2023, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 557/2020, de 9 de junio de 2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda se calculará sumando:

a) Compensación por pérdida de ingresos. La compensación por pérdida de ingresos es la calculada como el 60% del valor medio de la uva de las tres últimas campañas en Castilla-La Mancha, establecido en 2.012,43 €/ha, por lo que se abonarán 1.207,46 €/ha por este concepto.

b) Costes directos de destrucción o eliminación de los racimos de uvas. El importe máximo por hectárea a percibir será del 60% de este coste:

a. Vendimia manual: 731,52 €/ha.

b. Enterrado de la cosecha inmadura. 70 €/ha, a percibir solo en el caso de que se haya procedido a enterrar parcialmente los racimos.

El montante percibido en ningún caso podrá ser superior al que resulte de la aplicación de un porcentaje del 60% sobre el gasto efectivamente realizado y acreditado mediante factura y justificante de pago.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los/as viticultores/as inscritos en alguna DOP para aquellas parcelas de viñedo registradas en esa DOP que se destinen a la producción de uva para vinificación.

No podrán ser beneficiarios quienes contravengan la normativa vigente tanto en materia de plantaciones de viñedo para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación, como en materia de las declaraciones obligatorias reguladas a nivel comunitario y nacional.

En todo caso, no podrán percibir estas ayudas quienes incumplan cualquiera de los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 163
Documento: Medidas urgentes COVID-19 Descargar Documento
Boletín: 19/06/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento