Ayudas a la cooperación empresarial para las Pymes en el marco de la ampliación.
Código de ayuda:
S02337/03Norma:
DOCE C 206/17, de 2 de septiembre de 2003.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/11/2003Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiación de medidas que permitan aprovechar las nuevas oportunidades empresariales brindadas por la ampliación a través de la cooperación empresarial entre las PYME de la Unión Europea (EU 15) y las de los países candidatos y de la adhesión.Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Unión Europea
Convoca:
Comisión Europea ( Unión Europea)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cantidad global disponible es de 6 millones de €.La subvención mínima para cada proyecto será de 700.000 € y la máxima de 1,2 millones €. El porcentaje máximo de los costes del proyecto cubiertos por la financiación comunitaria será del 75 %. Se concederán 8 subvenciones como máximo.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones de apoyo empresarial de los Estados miembros de UE (UE de los 15).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Apoyo a la organización y ejecución de programas paneuropeos de cooperación empresarial para las PYME en el marco de la ampliación incluidos encuentros destinados a facilitar los contactos y actividades complementarias destinadas a:i) fomentar las actividades transnacionales y transfronterizas de las PYME con objeto de identificar los intereses empresariales comunes y aprovechar las nuevas oportunidades de mercado brindadas por el proceso de ampliación;
ii) facilitar el desarrollo de relaciones comerciales y vínculos industriales entre las PYME;
iii) aumentar la competitividad e internacionalización de las PYME y de los sectores económicos con vistas a obtener el máximo beneficio de la ampliación;
iv) potenciar la cooperación empresarial avanzada entre las PYME a través de la formación preparatoria y la creación continua de redes de acuerdo con el principio de aprender actuando, con el fin de crear asociaciones estratégicas y duraderas con vistas a futuras relaciones empresariales.
Requisitos:
Se concederán 8 subvenciones como máximo.Documentos asociados
Boletín:
02/09/2003
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 206
Documento: Programa / Plan Descargar Documento
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 206
Documento: Programa / Plan Descargar Documento