Ayudas a la contratación estable de personal de apoyo en los Centros Especiales de Empleo.

Código de ayuda:

S02882/03

Norma:

Orden 7485/2003, de 17 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la contratación indefinida por parte de los Centros Especiales de Empleo, de técnicos y personal cualificado que ayuden a los empleados con retraso mental.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Entre el 45% y el 60% de los costes salariales y cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a un año, según el caso y el número de discapacitados psíquicos o con retraso mental contratados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Centros Especiales de Empleo que ejerzan su actividad en la Comunidad de Madrid y cuya plantilla esté compuesta en un porcentaje del 60% , o más, por discapacitados psíquicos o con retraso mental.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Detectar y determinar, previos los estudios y análisis correspondientes, las necesidades de apoyo que sean necesarias.
- Asistir a los trabajadores con retraso mental para que su actividad responda a los criterios y parámetros de calidad necesarios.
- Desarrollar e impartir las acciones formativas necesarias a los trabajadores con retraso mental para su adaptación al puesto de trabajo.
- Desarrollar apoyos individualizados.
- Estimular y potenciar la autonomía e independencia de los trabajadores.
- Todas aquellas actuaciones necesarias para potenciar la integración laboral de los trabajadores con retraso mental.

Requisitos:

- Las solicitudes deberán ir acompañadas de una Memoria explicativa en la que se defina la organización de la Unidad de Apoyo, descripción de los objetivos y cometidos de la misma, plantilla del centro y descripción de las funciones a realizar por cada uno de los integrantes de la Unidad.
- Tendrán la consideración de Centros Especiales de Empleo los calificados y registrados como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2003
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 229
Documento: Convocatoria Descargar Documento