Ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral, por reducción de la jornada de trabajo, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S25873/20

Norma:

RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de julio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.700

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto avanzar en la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como medida de fomento de la corresponsabilidad y de la conciliación de la vida familiar y laboral, mediante incentivos para los trabajadores que se acojan a la reducción de su jornada de trabajo para la atención y cuidado de sus hijas e hijos, así como para las familias monoparentales, hombres o mujeres, que necesitan de un apoyo específico para compaginar la vida laboral, personal y familiar.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas se establece en función del porcentaje de reducción de la jornada laboral y de su duración, y en atención al número de hijas e hijos menores de 12 años, en un abanico que va desde 1.700 € y hasta 3.700 €.

Cuando la jornada se realice a tiempo parcial, o cuando el período subvencionable sea inferior al máximo (8 meses), las cuantías de las ayudas se reducirán proporcionalmente.

Para la concesión de estas ayudas destinará un crédito por un importe total de cuatrocientos cincuenta y un mil seiscientos diez euros (451.610,00 €), el 80 % con cargo al FSE y el 20 % con cargo a fondos propios de la Comunidad Autónoma.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas, hombres y mujeres (en este último caso sólo si son familias monoparentales) que en el período comprendido, entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020 ambos inclusive, se acojan a la medida de reducción de su jornada de trabajo para el cuidado de hijos e hijas menores de tres años o menores de 12 años en el supuesto de que padezcan una discapacidad reconocida de porcentaje igual o superior al 33 %.

En el supuesto de adopción o de acogimiento familiar, para tener derecho a la ayuda no podrán haber transcurrido más de tres años desde la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o adopción y, en todo caso, la hija o hijo tendrá que ser menor de 12 años.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 114
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/06/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 114
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento