Ayudas a la cofinanciación de proyectos de interés social promovidos por Entidades Locales.
Código de ayuda:
S51800/05Norma:
ORDEN de 21 de octubre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/11/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se abre convocatoria extraordinaria y excepcional de solicitud de ayudas a la cofinanciación de proyectos de interés social promovidos por Entidades Locales, reguladas por la Orden de 4 de julio de 2002.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Recursos Humanos
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Aquellas entidades locales que promuevan proyectos generadores de empleo y experiencias que faciliten empleo para personas desempleadas mediante proyectos de interés social a desarrollar en las zonas afectadas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos a desarrollar deberán encontrarse afectados al Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFOEA) regulado por Real Decreto 699/1998, de 24 de abril, por la correspondiente Comisión Provincial de Seguimiento del citado programa.Los proyectos se valorarán en función de que las actuaciones a desarrollar contemplen alguna de las siguientes actuaciones:
1. Adecentamiento de edificios e instalaciones de carácter público.
2. Limpieza y mantenimiento de jardines, parques públicos y zonas verdes.
3. Limpieza y reforestaciones de montes y bosques.
4. Limpieza de cunetas y cauces de ríos, canalización de vertidos de competencia municipal.
5. Poda y plantación de árboles.
6. Embellecimiento y acondicionamiento de espacios públicos.
7. Acciones en entornos naturales y zonas degradadas.
8. Eliminación de vertidos incontrolados.
9. Servicio de atención a domicilio.
10. Eliminación de barreras arquitectónicas.
11. Construcción de abrevaderos públicos.
12. Adecuación de caminos rurales.
Resultarán elegibles los siguientes gastos:
- Gastos salariales derivados de las contrataciones necesarias para el desarrollo del proyecto, en relación con estos gastos no les resultará de aplicación las condiciones establecidas en la Orden de 4 de julio de 2002 respecto de la línea de ayudas a la contratación, excepto en lo relativo a la modalidad contractual y el cese anticipado del trabajador.
- Gastos de material necesarios para el desarrollo del proyecto hasta el 20% del total del proyecto.
Documentos asociados
Boletín:
22/08/2002
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 98
Documento: Programa Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 98
Documento: Programa Descargar Documento
Boletín:
28/10/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 211
Documento: Convocatoria Extraordinaria Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 211
Documento: Convocatoria Extraordinaria Descargar Documento