Ayudas a la cofinanciación de proyectos de interés social promovidos por Entidades Locales.

Código de ayuda:

S51800/05

Norma:

ORDEN de 21 de octubre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se abre convocatoria extraordinaria y excepcional de solicitud de ayudas a la cofinanciación de proyectos de interés social promovidos por Entidades Locales, reguladas por la Orden de 4 de julio de 2002.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Recursos Humanos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Aquellas entidades locales que promuevan proyectos generadores de empleo y experiencias que faciliten empleo para personas desempleadas mediante proyectos de interés social a desarrollar en las zonas afectadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos a desarrollar deberán encontrarse afectados al Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFOEA) regulado por Real Decreto 699/1998, de 24 de abril, por la correspondiente Comisión Provincial de Seguimiento del citado programa.

Los proyectos se valorarán en función de que las actuaciones a desarrollar contemplen alguna de las siguientes actuaciones:
1. Adecentamiento de edificios e instalaciones de carácter público.
2. Limpieza y mantenimiento de jardines, parques públicos y zonas verdes.
3. Limpieza y reforestaciones de montes y bosques.
4. Limpieza de cunetas y cauces de ríos, canalización de vertidos de competencia municipal.
5. Poda y plantación de árboles.
6. Embellecimiento y acondicionamiento de espacios públicos.
7. Acciones en entornos naturales y zonas degradadas.
8. Eliminación de vertidos incontrolados.
9. Servicio de atención a domicilio.
10. Eliminación de barreras arquitectónicas.
11. Construcción de abrevaderos públicos.
12. Adecuación de caminos rurales.

Resultarán elegibles los siguientes gastos:
- Gastos salariales derivados de las contrataciones necesarias para el desarrollo del proyecto, en relación con estos gastos no les resultará de aplicación las condiciones establecidas en la Orden de 4 de julio de 2002 respecto de la línea de ayudas a la contratación, excepto en lo relativo a la modalidad contractual y el cese anticipado del trabajador.
- Gastos de material necesarios para el desarrollo del proyecto hasta el 20% del total del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 22/08/2002
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 98
Documento: Programa Descargar Documento
Boletín: 28/10/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 211
Documento: Convocatoria Extraordinaria Descargar Documento