Ayudas a la apicultura para la biodiversidad en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2024.

Código de ayuda:

S06491/24

Norma:

Orden 1124/2024 de 16 de abril de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de mayo de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Incentivar la presencia de abejas (Apis mellifera) y colmenas en zonas de vegetación forestal, pastos y pastizales, durante los diferentes períodos de floración, que habitualmente no son utilizadas por los apicultores debido a su menor rendimiento y a sus superiores costes de producción.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Los agricultores y/o ganaderos o grupos de agricultores y/o ganaderos titulares de explotaciones agrarias y otros beneficiarios que se comprometan por un período de cinco años, a cumplir con los requisitos y compromisos exigidos.

Requisitos:

1. Ser titulares de explotaciones apícolas inscritas a su nombre en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Comunidad de Madrid.

2. Aceptar los compromisos agroambientales incluidos en el artículo 5 por un período de cinco años.

3. Cumplir las disposiciones contenidas en el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen las normas de ordenación de las explotaciones apícolas. 4

4. Cumplir las disposiciones específicas del Decreto 146/2017, de 12 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad de Madrid (REGA) y se establece la normativa reguladora de la actividad apícola en la Comunidad de Madrid.

5. Presentar un plan anual de explotación y manejo de las colmenas objeto del compromiso, conforme modelo del Anexo IV “Plan anual de explotación y manejo”.

6. Disponer de un seguro de responsabilidad civil individual o colectivo para la explotación.

7. Disponer de un mínimo de 50 colmenas registradas y ubicadas en la Comunidad de Madrid.

8. La solicitud de participación en el programa agroambiental deberá estar incluida en la solicitud única, marcada su petición e incluyendo el n.o de colmenas comprometidas y la ubicación de los colmenares en coordenadas X e Y en la proyección UTM con el sistema geodésico ETRS89 establecido en el Real Decreto 1071/2007, de 17 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España.

9. Los titulares de explotaciones agrarias, solicitantes de la ayuda, deberán no estar incursos en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarios previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En particular deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y frente a la Seguridad Social y, en su caso, en el cumplimiento de los plazos de pago en las operaciones comerciales, de acuerdo al artículo 13.3 bis de la citada ley.

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 90
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/04/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 90
Documento: Bases y Convocatoria 2024 Descargar Documento