Ayudas a la adquisición y empleo de sementales de aptitud cárnica de las especies bovina y ovina.

Código de ayuda:

S04573/04

Norma:

Orden 7/2004, de 12 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de proyectos de modernización, innovación tecnológica y mejora de la competitividad de las explotaciones de ganado vacuno de carne, y cuyo principal objetivo es el impulso de diferentes programas orientados a la mejora de la producción y calidad de la carne.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentacion . (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El porcentaje de la subvención podrá alcanzar hasta el 40% del precio de la adquisición del semental con un límite máximo 1.200 euros.
Para los reproductores ovinos la cuantía máxima de la ayuda será de 200 €.
Si la disponibilidad presupuestaria fuera insuficiente se prorrateará entre los adjudicatarios de las ayudas solicitadas.
La ayuda máxima subvencionable por explotación será de 2.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los ganaderos que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de sementales selectos de ganado vacuno y ovino de razas de aptitud cárnica, con destino a las explotaciones ganaderas interesadas y localizadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Requisitos:

a) Ser titulares de explotación con viabilidad económica demostrada. Se entenderá que se cumple este requisito si se explota un mínimo de 25 hembras vacunas o 100 ovinas en edad de reproducción.

b) Tener base territorial suficiente (propia, arrendada, consorciada, etc.) que justifique la posibilidad de explotar este rebaño bajo la modalidad de “ganado ligado a la tierra”. Es decir, tener un factor de densidad ganadera menor o igual a 1,4 U.G.M./Ha.

c) Disponer del libro de registro de explotación actualizado.

d) Deberán haber cumplido en el último año toda la normativa vigente en materia de sanidad animal e identificación y registro de bovinos.

e) El titular de la explotación deberá poseer un nivel de capacitación agraria suficiente.

f) La explotación cuyo titular solicite la ayuda deberá cumplir las normas mínimas impuestas por la normativa Nacional y de la Unión Europea en materia de medio ambiente, higiene y bienestar animal.

Documentos asociados

Boletín: 23/02/2004
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 36
Documento: Convocatoria Descargar Documento