Ayudas a la Red de Antenas Tecnologicas.

Código de ayuda:

S61264/07

Norma:

Resolucion del 13 de agosto de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/09/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es regular la concesión (en régimen de publicidad, concurrencia competitiva y objetividad) de ayudas a las entidades que conforman la Red de Antenas Tecnológicas para realizar proyectos de innovación, de acuerdo con la finalidad de fortalecer el sistema de innovación de las Islas Baleares y, en concreto, de ejecutar un programa operativo de actuaciones de la Red de Antenas Tecnológicas.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas jurídicas que conforman la Red y que firmaron el convenio Balearsinnova el 22 de febrero de 2006 con el Gobierno de las Islas Baleares, y que no sean administraciones de la CAIB:

Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)
Universidad de las Islas Baleares (OSR)
Fundación Universidad Empresa de las Islas Baleares (FUEIB)
Ayuntamiento de Calvià (IFOC)
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Mallorca
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Eivissa y Formentera
Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Menorca
Confederación de Asociaciones Empresariales de Baleares (CAEB)
Federación de la Pequeña y Mediana Empresa de Mallorca
Federación de la Pequeña y Mediana Empresa de Menorca
Federación de la Pequeña y Median Empresa de Eivissa y Formentera
Fundación IBIT
Centre Tecnológico Balear de la Madera (CETEBAL)
Instituto Tecnológico del Calzado y Conexas (INESCOP)
Instituto Tecnológico de la Bisutería (ITEB)
Jóvenes Empresarios de Baleares
Ayuntamiento de Palma (IMFOF)

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se destinarán las ayudas previstas en esta convocatoria a cubrir los gastos siguientes, siempre que estén directamente relacionadas con la realización del proyecto por el cual se han concedido:

a ) Gastos de personal debidamente justificadas.
b ) Gastos de servicios externos (asistencia técnica, asesoría y similares) utilizados exclusivamente por realizar el proyecto.
c ) Gastos correspondientes a material fungible.
d) Otros gastos justificados adecuadamente por ejecutar de manera correcta el proyecto.
e) Gastos correspondientes a viajes y dietas.

2. quedan expresamente excluidas los gastos siguientes:

a) Los gastos que no vayan acompañadas del documento justificativo de pago correspondiente o que excedan el plazo establecido.
b) Los gastos de adquisición de terrenos o de obra.

Documentos asociados

Boletín: 04/09/2007
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 133
Documento: Convocatoria Descargar Documento